MP C/ DENNISE ESTEPHANIE RAIN ZENTENO
Rol
Fecha
17 de enero de 2025
Materia
MICROTRAFICO (TRAFICO DE PEQUEÑAS CANTIDADES ART. 4 LEY Nº 20.000).
Resultado
CONFIRMADA
Hechos
Vistos: 1°) Que, se elevan estos autos para conocer el recurso de apelación deducido por la defensa de la imputada Dennise Estephanie Rain Zenteno en contra de la resolución pronunciada por el Juzgado de Garantía de Puerto Varas que ordenó su prisión preventiva. 2°) Que, del mérito de los antecedentes y de lo expuesto en la audiencia por los intervinientes, se concluye que en este estadio procesal existen elementos de convicción suficientes para estimar concurrentes los requisitos de las letras a) y b) del artículo 140 del Código Procesal Penal. Lo anterior, en razón de la declaración de un testigo que indica las circunstancias de la venta de droga con la que fue sorprendido, en el contexto de una vigilancia policial al domicilio de la imputada. Además, se tiene presente el correspondiente informe policial que indica los resultados de las diligencias de vigilancia y de entrada y registro del domicilio. 3°) Que, respecto de la necesidad de cautela contemplada en la letra c) del mismo artículo, se tiene en consideración el carácter del ilícito por el cual se ha formalizado la investigación, la existencia de un proceso pendiente y de una condena, ambas por el delito de tráfico de estupefacientes en pequeñas cantidades, a lo cual se suma la circunstancia de que la imputada se encontraba sujeta a medidas cautelares al momento en el que se habrían cometido los hechos, todo lo cual permite concluir que la libertad de la imputada constituye un peligro para la seguridad de la sociedad. 4°) Que, por último, en lo relativo a los hijos menores de edad de la imputada, especialmente de un lactante, se estima que la judicatura especializada en materia de familia deberá adoptar las medidas de protección que correspondan conforme al mérito de los antecedentes, no siendo ello óbice para la verificación de la medida cautelar dispuesta por el Tribunal a quo. Por estas consideraciones y visto lo dispuesto en los artículos 36, 140 y 370 del Código Procesal Penal, se confirma la resol
Fallo
Por estas consideraciones y visto lo dispuesto en los artículos 36, 140 y 370 del Código Procesal Penal, se confirma la resolución de fecha quince de enero del año en curso, pronunciada por la Jueza del Juzgado de Garantía de Puerto Varas, doña Ximena Cristina Bertin Pugin, que dispuso la prisión preventiva de la imputada Dennise Estephanie Rain Zenteno. Devuélvase. Rol Penal N°71-2025.
Texto Completo (Preview)
Puerto Montt, diecisiete de enero de dos mil veinticinco. Vistos: 1°) Que, se elevan estos autos para conocer el recurso de apelación deducido por la defensa de la imputada Dennise Estephanie Rain Zenteno en contra de la resolución pronunciada por el Juzgado de Garantía de Puerto Varas que ordenó su prisión preventiva. 2°) Que, del mérito de los antecedentes y de lo expuesto en la audiencia por
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