FERRADA/2° JUZGADO DE LETRAS DE COPIAPÓ
Rol
Fecha
17 de enero de 2025
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
Vistos y
Fundamentos
considerando: Primero: En el folio 1 comparece don Francisco Javier Farias Saavedra, abogado, en representación de don Carlos Eliecer Aranda Rojas, cédula de identidad 10.455.060-6, y de doña Jacqueline Nieves Ferrada Iribarren, cédula de identidad N° 9.692.207-8, ambos con domicilio en calle Esmeralda N° 1989, comuna de Tocopilla, región de Antofagasta, y deduce recurso de amparo en contra de la resolución dictada en fecha 2 de enero del presente año por el Segundo Juzgado de Letras de Copiapó, en causa Rol C-472-2023, por los hechos y fundamentos de derecho que expresa. Al respecto, señala que el 3 de agosto de 2023, don Carlos Aranda Rojas fue condenado al pago de una multa de 266,364 UTM, por infracción a la ley de pesca, mediante sentencia que se encuentra firme y ejecutoriada. En dicha resolución se estableció la solidaridad en el pago de la multa respecto de doña Jacqueline Ferrada Iribarren, propietaria del vehículo donde se transportaban los recursos hidrobiológicos que motivaron la respectiva sanción. Añade que don Carlos Aranda Rojas ha cumplido 4 de las 10 cuotas otorgadas para el pago de la multa, por la inestabilidad laboral que vive, por lo que el 2 de enero de 2025 el tribunal dispuso el arresto del condenado a petición del Servicio Nacional de Pesca, decisión en contra de la cual interpuso recurso de reposición el 6 de enero, el que fue rechazado. Precisado lo anterior, refiere que si bien doña Jacqueline Ferrada Arribaren fue condenada en forma solidaria al pago de la multa, esto no implica que deba ser apremiada con la orden de arresto indicada. Lo anterior, porque don Carlos Aranda es quien fue condenado al pago de la multa, de manera que a él se le debe cobrar, por lo que solo si no es encontrado debería operar la mencionada solidaridad, evento en que doña Jacqueline Ferrada debe ser obligada, previo apercibimiento por parte del tribunal. Así, refiere que es esencial que la señora Jacqueline Ferrada sea notificada del apercibimiento del pago solidario, lo que no ha ocurrido, ya que no sabe si el condenado ha pagado o no su condena, pero decretar el arresto tanto de don Carlos Aranda y de doña Jacqueline Ferrada, es ilegal porque se priva la libertad de dos personas distintas por un solo hecho que fuese el motivo de la multa pagada parcialmente. Además, señala que la privación de la libertad es la última medida que la ley de pesca establece, cuyo artículo 125 N° 10 prevé si el sancionado no tuviere bienes para pagar la multa, podrá el tribunal imponer, por vía de sustitución, la sanción de prestación de servicios en beneficio de la comunidad. Luego, previas citas legales, pide que se acoja el recurso y con ello: 1) Se deje sin efecto la orden de arresto en contra de los recurrentes, disponiendo que el Segundo Juzgado de letras de Copiapó despache la contra orden correspondiente, a la brevedad, dejando sin efecto el exhorto respectivo al Juzgado de Letras de Tocopilla. 2) Se conceda el pago en cuotas, como se había estable
Fallo
Por estas consideraciones y con lo dispuesto en el artículo 21 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado sobre tramitación y fallo del Recurso de Amparo, SE RECHAZA el recurso de amparo interpuesto a favor de don Carlos Eliecer Aranda Rojas y de doña Jacqueline Nieves Ferrada Iribarren. Regístrese, comuníquese y archívese en su oportunidad. N° Amparo 10-2025.
Texto Completo (Preview)
C. A. de Copiapó Copiapó, diecisiete de enero de dos mil veinticinco. Vistos y considerando: Primero: En el folio 1 comparece don Francisco Javier Farias Saavedra, abogado, en representación de don Carlos Eliecer Aranda Rojas, cédula de identidad 10.455.060-6, y de doña Jacqueline Nieves Ferrada Iribarren, cédula de identidad N° 9.692.207-8, ambos con domicilio en calle Esmeralda N° 1989, comuna
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica