SIN INFORMACION

CRISTIAN MAURICIO PICHÚN PICHÚN/PRIMERA SALA CORTE DE APELACIONES DE TEMUCO

Rol

Fecha

17 de enero de 2025

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

Vistos y

Fundamentos

considerando:  Primero: Que a folio 1 comparece don Reinaldo Alberto Osorio Ulloa, Abogado, en representación del condenado Cristian Pichun Pichun, interpone recurso de amparo en contra de la  resolución de fecha 06 de diciembre de 2024 en causa ROL 1965-2024 dictada por la Primera Sala de la Ilma. Corte de Apelaciones de Temuco, integrada por los Sres. Ministros doña María Georgina Gutiérrez Aravena, doña Cecilia Elena Subiabre Tapia y don Roberto David Contreras Eddinger, abogado integrante, mediante la cual revocó la decisión del Tribunal de Garantía de Temuco en causa rol 6646-2015, dejando sin efecto el traslado del sentenciado ya indicado desde el Complejo Penitenciario Alto Bonito de la ciudad de Puerto Montt al Centro de Cumplimiento de la ciudad de Angol, solicitando se sirva acoger la acción constitucional, ordenando se deje sin efecto la mencionada resolución, a fin de restablecer el imperio del derecho. Expone que su representado se encuentra cumpliendo condena en el Centro Penitenciario de Puerto Montt, en circunstancias que su familia de origen y su actual pareja e hija se encuentran en la comuna de Temuco y Padre Las Casas, por lo que se solicitó su traslado en diversas ocasiones, siendo esta concedida por el Tribunal de Garantía de Temuco, de lo cual apeló la Dirección Regional de Gendarmería, siendo acogido dicho recurso por la Corte recurrida, ordenando que su representado se mantenga en Puerto Montt. Agregó que lo resuelto por la Ilma. Corte recurrida, adolece de error que debe ser enmendado, restando sola esta vía para dicho efecto. En efecto, lo resuelto sin duda que afecta la libertad de su representado, toda vez que la condena que a él se le impuso, por los delitos que el cometió solo dicen relación con la privación de su libertad ambulatoria en un recinto especialmente habilitado para ello, sin que la mencionada privación de libertad pueda afectar otros derechos que él o su familia pueden ejercer. Señala que lo resuelto necesariamente transforma la privación de la libertad de su defendido en una afectación mayor que la que legalmente procede, ello desde el momento que en los hechos se impide que quienes se constituyen en la familia de su defendido, pareja, hija, madre, hermanas, puedan relacionarse de la forma que nuestra constitución ampara y que posibilita que quienes sufren penas privativas de libertad puedan mantener contacto con sus familias, ello permitiendo la resocialización de los condenados El recurrente sostiene que la resolución adolece de error, por cuanto esta Corte habría extralimitado el sentido que legalmente se reconoce, a la autoridad administrativa, Gendarmería de Chile, para disponer el traslado de los condenados Pretende se deje sin efecto la resolución de 06 de diciembre de 2024, ordenándose el Traslado del amparado a la Unidad Penal de Angol, a fin de restablecer el imperio del derecho. Segundo: Que, informó la primera sala de la Corte de Apelaciones de Temuco, señalando que la decisión de dejar

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Valdivia, diecisiete de enero de dos mil veinticinco. Vistos y considerando:  Primero: Que a folio 1 comparece don Reinaldo Alberto Osorio Ulloa, Abogado, en representación del condenado Cristian Pichun Pichun, interpone recurso de amparo en contra de la  resolución de fecha 06 de diciembre de 2024 en causa ROL 1965-2024 dictada por la Primera Sala de la Ilma. Corte de Apelaciones de Temuco, inte

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