SIN INFORMACION

HUMBERTO GÓMEZ/MUNICIPALIDAD DE MEJILLONES

Rol

Fecha

17 de enero de 2025

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA SIN COSTAS

Ver en fuente oficial

Hechos

VISTOS: La comparecencia de Humberto Gómez Pérez, cédula de identidad N°12.217.728-9, vendedor, domiciliado en calle Oriente N°334, Mejillones, quien interpone recurso de protección en contra de la Ilustre Municipalidad de Mejillones, por el acto arbitrario e ilegal consistente en el desalojo y posterior negativa de la recurrida a otorgarle permiso municipal a fin de ejercer como vendedor ambulante, lo cual vulnera su derecho a la honra y a la libertad de trabajo, motivo por el que solicita pueda volver a trabajar en la plaza de la ciudad de Mejillones. Informó la recurrida solicitando el rechazo del recurso. Puesta la causa en estado, se han traído los autos para dictar sentencia. CON LO RELACIONADO Y

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, el recurrente funda su acción en que el día 07 de octubre de 2024 el alcalde de la comuna de Mejillones, don Marcelino Carvajal Ferreira, lo autorizó de manera verbal -testigo es la señorita encargada de finanzas- dentro de las dependencias municipales, para poder vender palomitas de maíz durante un evento organizado por la Municipalidad de Mejillones, en conmemoración de la “Semana “Mejillonina”. Dice que, al momento de instalarse en la cancha de la ciudad, donde se realizó dicho evento, se aproximaron los funcionarios de seguridad ciudadana Owel Araya y Cristian Pérez, con actitudes violentas maltratándolo de manera verbal y psicológica. Agrega que les exhibió todos los permisos y documentos que acreditaban el permiso laboral para funcionar en el lugar, a lo cual hicieron caso omiso y, llamando al alcalde, él negó toda autorización. Hace presente que es una persona analfabeta y discapacitada con certificación de COMPIN. Alega que fue desalojado de manera violenta y agresiva, siendo maltratado y agredido verbal y físicamente, no le respetaron sus derechos civiles ni constitucionales, como el derecho al trabajo y a la dignidad, desconociendo que es un ciudadano chileno, paga sus permisos municipales para trabajar honradamente y sobre todo es discapacitado tratando de ganarse el sustento diario. Menciona que ha sido y es víctima de un abuso y maltrato sistemático por parte de los funcionarios de seguridad ciudadana Owel Araya y Cristián Pérez, bajo las órdenes del alcalde de la comuna de Mejillones, y desde esa fecha que no le han vuelto a dar permiso para trabajar vendiendo verduras que compra en lugares establecidos con boletas y facturas, aun cuando ha pagado todos los permisos municipales, lo cual constituye un derecho adquirido para trabajar con sus carritos vendiendo verduras, hortalizas y palomitas. Indica que adjunta copia de la deuda adquirida con lugar establecido de las cosas y productos que perdió el día 07 de octubre, cuando fue maltratado y agredido por los funcionarios municipales, añadiendo que uno de ellos es cuñado del alcalde o familiar. Solicita se resuelva este recurso para poder volver a trabajar a la plaza, lugar donde hace años trabaja día a día, pagando sus permisos municipales, para solventar sus gastos de vida y sean respetados sus derechos, invocando el numeral 19 de la Constitución Política de la República en relación a la igualdad ante la ley y protección de la ley. Finalmente, menciona que fue asesorado por la abogada María Isabel Salinas Biaggini. SEGUNDO: Que, informó Juan Antonio Campos Araya, abogado, en representación de la recurrida Ilustre Municipalidad de Mejillones, solicitando el rechazo de la presente acción cautelar. En primer término, alega que la acción de protección es extemporánea toda vez que los hechos invocados como vulneratorios ocurrieron el día 07 de octubre de 2024, o en el caso más beneficioso para la contraria, dentro de la “Semana Mejillonina” realizada e

Fallo

Por estas consideraciones y visto, además, lo dispuesto en el artículo 20 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado de la Corte Suprema sobre Tramitación del Recurso de Protección de Garantías Constitucionales, SE RECHAZA, sin costas, el recurso deducido por Humberto Gómez Pérez en contra de la Ilustre Municipalidad de Mejillones. Regístrese y comuníquese. Rol 2361-2024 (PROTECCIÓN) 11

Texto Completo (Preview)

Antofagasta, diecisiete de enero de dos mil veinticinco. VISTOS: La comparecencia de Humberto Gómez Pérez, cédula de identidad N°12.217.728-9, vendedor, domiciliado en calle Oriente N°334, Mejillones, quien interpone recurso de protección en contra de la Ilustre Municipalidad de Mejillones, por el acto arbitrario e ilegal consistente en el desalojo y posterior negativa de la recurrida a otorgarle

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