TROCONIZ / SERVICIO NACIONAL DE MIGRACIONES
Rol
Fecha
17 de enero de 2025
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
ACOGIDA
Hechos
Vistos y teniendo presente: Primero: Que ha deducido recurso de protección Pablo Daniel Peñaloza Parra, a favor de Emigdio Antonio Troconiz Soto, de nacionalidad venezolana, en contra del Servicio Nacional de Migraciones, por la conducta que califica de ilegal y arbitraria, consistente en la omisión de emisión de la orden de giro y dictación del acto terminal que aprueba o rechaza solicitud de carta de nacionalización, presentada por el recurrente el 2 de enero de 2024, por afectar el derecho a la igualdad ante la ley de la persona por quien recurre, conforme lo preceptuado en el artículo 19 número 2 de la Constitución Política de la República. Funda su acción en que el extranjero ingresó su solicitud en la fecha señalada, sin embargo, no ha recibido ninguna respuesta por parte del servicio recurrido, ni se han liberado las órdenes de giro correspondientes al beneficio solicitado, lo que lo mantiene en una situación de preocupación e incertidumbre ante un trámite por demás demorado. Sostiene que la recurrida ha vulnerado el principio de celeridad y el plazo establecido en el artículo 27 de la Ley 19.880 y, en consecuencia, su derecho a la igualdad ante la ley. Pide que se ordene al servicio recurrido que se pronuncie sobre la solicitud en un plazo de 30 días o el que la Corte estime, con costas. Segundo: Que comparece el Servicio recurrido, solicitando el rechazo del recurso en todas sus partes. Informa que la parte recurrente ingresó por primera vez al país el 26 de febrero de 2017; que el 4 de septiembre de 2019 le fue otorgado, mediante resolución exenta N°239.850, permiso de permanencia definitiva, el cual se encuentra actualmente vigente; y que el 2 de enero de 2024, presentó la solicitud de carta de nacionalización, ante el Servicio Nacional de Migraciones, la que se encuentra actualmente en trámite, específicamente, en etapa de “Primer análisis”, desde esa misma fecha. Señala que el recurrente cuenta con un permiso de permanencia definitiva actualmente
Fallo
Por estas consideraciones y de conformidad, además, con lo dispuesto en el artículo 20 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema que rige la materia, se acoge el recurso interpuesto en favor de Emigdio Antonio Troconiz Soto, en contra del Servicio Nacional de Migraciones, del Ministerio del Interior, sólo en cuanto el Servicio deberá emitir pronunciamiento definitivo en lo que a su respecto corresponde, dentro del plazo de sesenta días contados desde que la sentencia se encuentre ejecutoriada. Regístrese, comuníquese y archívese, en su oportunidad. Rol 5664-2024 Protección.
Texto Completo (Preview)
San Miguel, diecisiete de enero de dos mil veinticinco. Vistos y teniendo presente: Primero: Que ha deducido recurso de protección Pablo Daniel Peñaloza Parra, a favor de Emigdio Antonio Troconiz Soto, de nacionalidad venezolana, en contra del Servicio Nacional de Migraciones, por la conducta que califica de ilegal y arbitraria, consistente en la omisión de emisión de la orden de giro y dictación
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica