SIN INFORMACION

PINTO / SERVICIO NACIONAL DE MIGRACIONES Y OTRO

Rol

Fecha

17 de enero de 2025

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA/ACOGIDA

Ver en fuente oficial

Hechos

Vistos y teniendo presente: Primero: Que ha deducido recurso de protección Pablo Daniel Peñaloza Parra, a favor de Edgar Alfonzo Pinto Muñoz, de nacionalidad venezolana, en contra del Servicio Nacional de Migraciones y de la Policía de Investigaciones de Chile, por la conducta que califica de ilegal y arbitraria, consistente en la omisión de emisión de la orden de giro y dictación del acto terminal que aprueba o rechaza solicitud de carta de nacionalización, presentada por el recurrente el 28 de agosto de 2023, por afectar el derecho a la igualdad ante la ley de la persona por quien recurre, conforme lo preceptuado en el artículo 19 número 2 de la Constitución Política de la República. Funda su acción en que el extranjero ingresó su solicitud en la fecha señalada, sin embargo, no ha recibido ninguna respuesta por parte del servicio recurrido, ni se han liberado las órdenes de giro correspondientes al beneficio solicitado, lo que lo mantiene en una situación de preocupación e incertidumbre ante un trámite por demás demorado. Sostiene que la recurrida ha vulnerado el principio de celeridad y el plazo establecido en el artículo 27 de la Ley 19.880 y, en consecuencia, su derecho a la igualdad ante la ley. Pide que se ordene al servicio recurrido que se pronuncie sobre la solicitud en un plazo de 30 días o el que la Corte estime, con costas. Segundo: Que comparece el Servicio recurrido, solicitando el rechazo del recurso en todas sus partes. Informa que la parte recurrente ingresó por primera vez al país el 6 de diciembre de 2016; que el 28 de diciembre de 2018, mediante resolución exenta n° 388.892, se le otorgó al recurrente el permiso de residencia definitiva en el país; y que el 28 de agosto de 2023, presentó la solicitud de carta de nacionalización, ante el Servicio Nacional de Migraciones, la que se encuentra actualmente en trámite, específicamente, en etapa de “Primer análisis”, desde esa misma fecha, pero el 15 de enero pasado, amplía su informe indicando que el

Fallo

Por estas consideraciones y de conformidad, además, con lo dispuesto en el artículo 20 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema que rige la materia, se resuelve: I.- Se rechaza el recurso interpuesto en favor de Edgar Alfonzo Pinto Muñoz, en cuanto fue dirigido contra la Policía de Investigaciones de Chile por carecer de incidencia en el acto recurrido. II.- Se acoge el referido recurso en cuanto dirigido contra del Servicio Nacional de Migraciones, disponiéndose que dicho Servicio deberá emitir pronunciamiento definitivo en lo que a su respecto corresponde, dentro del plazo de sesenta días contados desde que la sentencia se encuentre ejecutoriada. Regístrese, comuníquese y archívese, en su oportunidad. Rol 5005-2024 Protección.

Texto Completo (Preview)

San Miguel, diecisiete de enero de dos mil veinticinco. Proveyendo escrit6o de folio 15: a lo principal, téngase presente, al otrosí, a sus antecedentes Vistos y teniendo presente: Primero: Que ha deducido recurso de protección Pablo Daniel Peñaloza Parra, a favor de Edgar Alfonzo Pinto Muñoz, de nacionalidad venezolana, en contra del Servicio Nacional de Migraciones y de la Policía de Investigaci

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