MP.C/ JUAN FRANCISCO MARINAO FUENTES.
Rol
Fecha
17 de enero de 2025
Materia
RECEPTACION. ART. 456 BIS
Resultado
CONFIRMADA
Hechos
Vistos Que de lo expuesto en la audiencia aparece que en este estadio procesal se encuentran justificados los presupuestos materiales de las letras a) y b) del artículo 140 del Código Procesal Penal respecto de los delitos por los que fue formalizada la investigación y, además, se considera que no han variado sustancialmente las circunstancias tenidas en consideración para decretar la prisión preventiva del imputado, estimando esta Corte que su libertad constituye un peligro para la seguridad de la sociedad, de conformidad con lo dispuesto en la letra c) del artículo 140 ya mencionado, teniendo en consideración la gravedad de las penas asignadas a los ilícitos, carácter de los mismos, bienes jurídicos protegidos, forma de comisión y por mantener antecedentes penales pretéritos por delitos de la misma naturaleza, todo lo cual torna insuficientes las restantes medidas cautelares previstas por el legislador a los efectos normados en el inciso segundo del artículo 139 del referido cuerpo legal. Y de conformidad, además, con lo dispuesto en los artículos 352 y 360 del Código antes citado, se confirma la resolución dictada en audiencia de diez de enero del año en curso, por el Juzgado de Garantía de San Bernardo, que mantuvo la prisión preventiva del imputado Juan Francisco Marinao Fuentes. Comuníquese vía interconexión. N° 156-2025 Penal
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Fecha: diecisiete de enero de dos mil veinticinco. Cuarta Sala Rol Corte: 156-2025-Penal RUC: 2400817081-5 RIT: 6499-2024 JUZGADO DE GARANTÍA DE SAN BERNARDO Ministro de fe: Cristian Calderón Bórquez Imputado: Juan Francisco Marinao Fuentes. Tipo de Recurso: Apelación Cautelar Escritos proveídos en audiencia: 2 San Miguel, diecisiete de enero de dos mil veinticinco. Vistos Que de lo expuesto en
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