JUZGADO DE LETRAS DEL TRABAJO DE TEMUCO

ISAPRE CRUZBLANCA S.A./I MUNICIPALIDAD DE TEMUCO

Rol

Fecha

23 de enero de 2025

Materia

EJECUTIVO PREVISIONAL

Resultado

INADMISIBLE

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Hechos

Vistos: Atendido el mérito de los antecedentes y lo dispuesto en el artículo 8° de la Ley N° 17.322, se declara inadmisible el recurso de apelación deducido por el abogado don Cristian Hormazábal Wagner en contra de la resolución de fecha diecinueve de diciembre de dos mil veinticuatro, a folio 283 del cuaderno de apremio, por improcedente, atendida la naturaleza jurídica de la resolución recurrida. Devuélvase. N°Laboral - Cobranza-14-2025.(acl/cwm)

Fallo

se declara inadmisible el recurso de apelación deducido por el abogado don Cristian Hormazábal Wagner en contra de la resolución de fecha diecinueve de diciembre de dos mil veinticuatro, a folio 283 del cuaderno de apremio, por improcedente, atendida la naturaleza jurídica de la resolución recurrida. Devuélvase. N°Laboral - Cobranza-14-2025.(acl/cwm)

Texto Completo (Preview)

C.A. de Temuco Temuco, veintitrés de enero de dos mil veinticinco. Al escrito folio 5: A lo principal y otrosí: téngase presente, sin perjuicio de lo que se resolverá. Al escrito folio 6: estese al mérito de lo que se resolverá. Vistos: Atendido el mérito de los antecedentes y lo dispuesto en el artículo 8° de la Ley N° 17.322, se declara inadmisible el recurso de apelación deducido por el abog

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