SAN MARTÍN/EMPRESA CONSTRUCTORA GARCÍA E HIJOS LTDA.
Rol
Fecha
20 de enero de 2025
Materia
OTROS SUMARIOS
Resultado
INADMISIBLE
Hechos
Vistos: 1.- Que, el presente juicio se tramita de acuerdo con las normas del juicio sumario, procedimiento en el cual, conforme lo prescribe el artículo 686 del Código de Procedimiento Civil, la prueba, cuando haya lugar a ella, se rendirá en el plazo y en la forma establecida para los incidentes. 2.- Que, conforme a lo dispuesto en el artículo 90 del Código de Procedimiento Civil, las resoluciones que se pronuncien con ocasión de recibirse un incidente a prueba, son inapelables, siendo ésta una norma de carácter especial que prima por sobre la disposición del artículo 319 del Código de Procedimiento Civil, razón por la cual se declaran inadmisible el recurso de apelación interpuesto por la parte demandada, con fecha veintiocho de noviembre de dos mil veinticuatro, en contra de la resolución de diez de octubre de dos mil veinticuatro. Comuníquese. N°Civil-655-2025. gds.
Fallo
se declaran inadmisible el recurso de apelación interpuesto por la parte demandada, con fecha veintiocho de noviembre de dos mil veinticuatro, en contra de la resolución de diez de octubre de dos mil veinticuatro. Comuníquese. N°Civil-655-2025. gds.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Santiago Santiago, veinte de enero de dos mil veinticinco. Al folio N°3: estese a lo que se resolverá. Vistos: 1.- Que, el presente juicio se tramita de acuerdo con las normas del juicio sumario, procedimiento en el cual, conforme lo prescribe el artículo 686 del Código de Procedimiento Civil, la prueba, cuando haya lugar a ella, se rendirá en el plazo y en la forma establecida para los
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