MELLA/SUPERINTENDENCIA DE SEGURIDAD SOCIAL Y COMISIÓN DE MEDICINA PREVENTIVA E INVALIDEZ
Rol
Fecha
16 de enero de 2025
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
ACOGIDA
Hechos
Visto y teniendo presente: Primero: Que comparece don Máximo Francisco Pávez Cantillano, abogado, en representación de doña Selma Cristina Mella Díaz, quien interpone recurso de protección en contra de la Superintendencia de Seguridad Social, respecto de la Resolución Exenta N° R-01-IBS-135896-2024, de 27 de agosto de 2024, que resolvió el recurso de reposición presentado en relación con la Resolución Exenta N° R-01- UME-27065-2024, que confirmó el rechazo de las licencias médicas N°s 41081256-8, 42067596-8, 44799081-4, 45938952-0, 46667799-K, 47545054-K, 48737970-0, 49981035-0 emitida por la Comisión de Medicina Preventiva e Invalidez de la Región Metropolitana,
Fundamentos
considerando como no justificado el reposo prescrito. Refiere que la recurrente es funcionaria de la Pontificia Universidad Católica de Chile en labores de aseo donde comenzó a desarrollar distintos malestares en su cuerpo, especialmente en sus rodillas que desembocaron en una intervención quirúrgica en abril de 2019 que consistió en una artroscopia bilateral de rodilla, con retináculo bilateral y osteotomía varizante. En el año 2020, su recuperación no encontraba mejoras, lo que la llevó a acudir al Hospital del Trabajador dando cuenta de sus molestias físicas y de su limitación e incapacidad funcional, siéndole diagnosticada condromalacia de la rótula bilateral y gonartrosis. En relación con los distintos controles médicos se emitieron las licencias médicas N°s 41081256-8, 42067596-8, 44799081-4, 45938952-0, 46667799-K, 47545054-K, 48737970-0 y 49981035-0, cada una por períodos aproximados de treinta días. Indica que la Comisión de Medicina Preventiva e Invalidez de la Región Metropolitana rechazó arbitrariamente diez de las licencias extendidas a la recurrente, aceptando únicamente parte de ellas. Menciona que presentó un reclamo ante la Superintendencia de Seguridad Social el 13 de agosto de 2023 con el fin de que este órgano reconsidere la negativa de la Comisión de Medicina Preventiva e Invalidez de la Región Metropolitana en cuanto a ocho de las diez licencias rechazadas, quien por medio de la Resolución Exenta N° R-01-UME-27065-2024 de 19 de febrero de 2024, confirmó el rechazo, considerando como no justificado el reposo prescrito, sin dar mayor fundamento o motivo plausible para su decisión. Indica que el 22 de febrero de 2024 presentó un recurso de reposición, por medio del cual solicitó dejar sin efecto la resolución referida sobre la base de su falta de fundamentación, y, el 27 de agosto del mismo año, la Superintendencia de Seguridad Social notificó legalmente a la recurrente la resolución que resolvió el recurso de reposición manteniendo la decisión original. Termina solicitando que deje sin efecto la resolución contrariada y se ordene a la recurrida al pago de las licencias mencionadas, o cualquier otra actuación o providencias que esta Corte estime necesarias para que se restablezca el imperio del derecho, con expresa condena en costas. Segundo: Que evacua informe la Comisión de Medicina Preventiva e Invalidez Región Metropolitana, quien confirmó el rechazo de las licencias médicas N°s 41081256-8, 42067596-8, 44799081-4, 45938952-0, 46667799-K, 47545054-K, 48737970-0, 49981035-0, extendidas por un total de 240 días a contar del 20 de abril de 2020, por reposo no justificado. Refiere que la recurrente presentó recurso de reposición al rechazo de las licencias médicas referidas. Menciona que la paciente suma más de tres años de reposo por diagnóstico M22 (condromalacia de la rótula) sin exámenes ni fecha de reintegro. Señala que no se justifica seguir manteniendo el reposo, sin rol terapéutico que lo evidencie. Manifiesta q
Fallo
Fallo del Recurso de Protección, se resuelve: I.- Que se acoge el recurso de protección interpuesto por don Máximo Francisco Pávez Cantillano, abogado, en representación de doña Selma Cristina Mella Díaz, sólo en cuanto se deja sin efecto la Resolución Exenta N° R-01-IBS-135896-2024, de 27 de agosto de 2024, de la Superintendencia de Seguridad Social, debiendo dicha repartición pública disponer que la COMPIN del domicilio de la recurrente encargue una nueva evaluación médica de la actora, con el objeto de determinar su real condición de salud. II.- Que, una vez cumplido lo antes ordenado, la recurrida se pronunciará nuevamente sobre las licencias médicas rechazadas y que han sido objeto de esta acción. Regístrese, comuníquese y archívese, en su oportunidad. N°Protección-19877-2024. Pronunciada por la Novena Sala, integrada por los Ministros señorita Romy Grace Rutherford Parentti, señor José Pablo Rodríguez Moreno y la Abogado Integrante señora Claudia Candiani Vidal. En Santiago, dieciséis de enero de dos mil veinticinco, se notificó por el estado diario la resolución que antecede.
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C.A. de Santiago Santiago, dieciséis de enero de dos mil veinticinco. Visto y teniendo presente: Primero: Que comparece don Máximo Francisco Pávez Cantillano, abogado, en representación de doña Selma Cristina Mella Díaz, quien interpone recurso de protección en contra de la Superintendencia de Seguridad Social, respecto de la Resolución Exenta N° R-01-IBS-135896-2024, de 27 de agosto de 2024, que
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