BANCO DE CRÉDITO E INVERSIONES/ORTIZ
Rol
Fecha
6 de febrero de 2025
Materia
MUTUO, COBRO EJECUTIVO DE
Resultado
INADMISIBLE
Hechos
Vistos y teniendo presente: 1.- Que conforme lo dispone el artículo 189 del Código de Procedimiento Civil, la apelación debe contener la formulación de peticiones concretas y los
Fundamentos
fundamentos de hecho y de derecho en que ésta se apoya, siendo de máxima importancia esta obligación ya que definen el asunto que debe ser conocido en el Tribunal de Alzada, atendida la característica rectificación o enmienda que singulariza al recurso de apelación. 2.- Que la apelación subsidiaria que incide en esta causa, carece de fundamentos de derecho, razón por la cual, y atendido lo establecido en el párrafo precedente, el recurso de apelación no puede prosperar. Y visto, además, lo dispuesto en el artículo 213 del Código de Procedimiento Civil,
Fallo
se declara inadmisible el recurso de apelación interpuesto por la ejecutada el diez de junio de dos mil veinticuatro (folio N° 19), en contra de la resolución de treinta y uno de mayo del mismo año (folio N° 16). Devuélvase. N°Civil-21063-2024.mst
Texto Completo (Preview)
C.A. de Santiago (Sala Tramitadora) Santiago, seis de febrero de dos mil veinticinco. Vistos y teniendo presente: 1.- Que conforme lo dispone el artículo 189 del Código de Procedimiento Civil, la apelación debe contener la formulación de peticiones concretas y los fundamentos de hecho y de derecho en que ésta se apoya, siendo de máxima importancia esta obligación ya que definen el asunto que debe
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