ARAYA/SUPERINTENDENCIA DE SEGURIDAD SOCIAL
Rol
Fecha
16 de enero de 2025
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
ACOGIDA
Hechos
VISTOS Y
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que comparece don Luis Eusebio Gálvez Peña y Lillo, abogado de la Corporación de Asistencia Judicial, en favor de doña Jocelyn Nicole Araya Llanos, deduciendo recurso de protección en contra de la Superintendencia de Seguridad Social, señalando como acto ilegal y arbitrario la dictación de la Resolución Exenta NºR-01-S-182776-2024, de 26 de noviembre de 2024, que confirmó el rechazo de las licencias médicas N°18654675-K y 18894652-6, extendidas por un total de 60 días, a contar del 2 de julio de 2024, acto que perturba y amenaza el legítimo ejercicio de los derechos consagrados en el artículo 19 N°1 y 24 de la Constitución Política de la República. Sostiene que la recurrente, de 36 años, fue diagnosticada con “artritis idiopática juvenil (espondiloartritis juvenil), refractaria a tratamiento convencional, acortamiento de isquiotibiales y síndrome miofascial”, añadiendo que atendido que el procedimiento de infiltración no fue eficaz, su tratamiento fue cambiado por medicamentos, manteniéndose con licencia médica hasta septiembre de 2024, debiendo realizar sesiones de kinesioterapia motora, atenciones que se realizaron en el policlínico de reumatología del Hospital San Pablo de Coquimbo. Indica que las licencias médicas que han sido presentadas por la actora con anterioridad a las que son materia de la presente causa han sido aprobadas sin ninguna observación o reparo e incluso la extendida de manera posterior a la reclamada, se encuentra autorizada y pagada, de manera tal que no existe razón médica objetiva que avale el actuar de la recurrida. A continuación, explica que por la presente acción reprocha el rechazo de las licencias médicas N°18654675-K y 18894652-6, extendidas por un total de 60 días, a contar del 2 de julio de 2024, rechazo que carece de una adecuada fundamentación que explique, al menos con mediana claridad su conclusión, considerando el hecho que ha sido aprobada justamente la licencia médica siguiente a las que por este acto se reclama, yendo en contra de las instrucciones contenidas en la Resolución Exenta Nº306, de 20 de julio de 2019. Refiere que además de ser arbitraria e injustificada, la resolución que por esta vía se impugna genera graves consecuencias económicas para la usuaria, dado que al generarse islas en el pago de sus cotizaciones previsionales, producto del rechazo de las licencias médicas, se causa un perjuicio en el pago de las licencias que se vayan autorizando en el futuro, pues lo serán por un menor monto. Expresa que presentó recurso de apelación ante la recurrida, la que por dictamen NºR-01-S-182776-2024, de 26 de noviembre de 2024, confirmó el rechazo de las licencias médicas por reposo no justificado, acto que dispone que “Esta conclusión se basa en que, en las situaciones en que las Comisiones Médicas respectivas le han fijado a un afiliado al Sistema del D.L. Nº3.500, de 1980, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social, un grado de incapacidad que le da derecho a pensión de in
Fallo
Por estas consideraciones y de conformidad, además, con lo prevenido en el artículo 20 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado sobre la materia, se resuelve: I. Que, SE RECHAZA, las alegación de improcedencia de la acción de protección. II. Que, SE ACOGE, el recurso de protección interpuesto en favor de Jocelyn Nicole Araya Llanos, en contra de la Superintendencia de Seguridad Social, disponiendo que se deja sin efecto Resolución Exenta NºR-01-S-182776-2024, de 26 de noviembre de 2024, que confirmó el rechazo de las licencias médicas N°18654675-K y 18894652-6, extendidas por un total de 60 días, a contar del 02 de julio de 2024, y, en su lugar, se resuelve que se autorizan dichas licencias, debiendo la recurrida dictar la resolución pertinente con su respectivo pago, dentro de quinto día a contar que la presente sentencia se encuentre ejecutoriada. Regístrese, comuníquese y archívese en su oportunidad. Rol N°1968-2024 Protección.-
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Araya Superintendencia de Seguridad Social Recurso de Protección Rol N°1968-2024.- La Serena, dieciséis de enero dos mil veinticinco. VISTOS Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que comparece don Luis Eusebio Gálvez Peña y Lillo, abogado de la Corporación de Asistencia Judicial, en favor de doña Jocelyn Nicole Araya Llanos, deduciendo recurso de protección en contra de la Superintendencia de Seguridad Social,
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