JUZGADO DE LETRAS DEL TRABAJO DE LOS ANGELES

JOSE ARTIDORO VERGARA PINO CON HOTEL VERONA Y OTROS

Rol

Fecha

16 de enero de 2025

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZA NULIDAD

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Hechos

VISTOS Y

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que por sentencia definitiva de 10 de junio del año dos mil veinticuatro, en causa RIT T-138-2023, RUC 23-4-0522260-4, del Juzgado de Letras del Trabajo de Los Ángeles, se declaró: I.- Que se rechaza el incidente de ilicitud de prueba deducido por la demandada Sociedad Hotelera Murano Limitada en relación al registro de audio incorporado en estrados por el demandante. II.- Que se acoge la excepción de falta de legitimación pasiva promovida por la demandada Sociedad Nevada Hotelera Albamonte SpA. III.- Que se acoge la demanda de tutela por vulneración de derechos fundamentales incoada por don José Artidoro Vergara Pino en contra de Sociedad Hotelera Murano Limitada, representada por don Richard Marcelo Cruces Pérez, sólo en cuanto

Fallo

se declara que la demandada infringió la garantía constitucional de la integridad física y psíquica del actor y, como consecuencia de ello, se le ordena cancelarle las siguientes prestaciones: a) $12.047.920 por concepto de la indemnización a que hace alusión el inciso tercero del artículo 489 del Código del Trabajo; b) $13.252.712 por la indemnización por once años de servicio; c) $1.204.792 por concepto de la indemnización sustitutiva del aviso previo; d) $3.283.019 por el feriado legal/proporcional por el período comprendido entre el 02 de octubre de 2020 y el 07 de agosto de 2023; e) $3.000.000 por concepto de la indemnización por daño moral. IV.- Que se declara que las demandadas Sociedad Hotelera Murano Limitada y Sociedad Inmobiliaria Cruces Limitada, ambas representadas legalmente por don Richard Marcelo Cruces Pérez, constituyen una unidad económica, razón por la que deberán responder solidariamente de los emolumentos referidos en el numeral precedente. V.- Que se rechaza las acciones de tutela de derechos fundamentales y de despido indirecto, promovidas por don José Artidoro Vergara Pino en contra de Sociedad Nevada Hotelera Albamonte SpA, Sociedad Hotelera Econohotel Limitada y Hotel Verona, todas representadas por don Richard Marcelo Cruces Pérez. VI.- Que las sumas ordenadas pagar lo serán reajustadas y devengarán intereses conforme a lo dispuesto en los artículos 63 y 173 del Código del Trabajo. VII.- Que la demandada Sociedad Hotelera Murano Limitada deberá

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Concepción, dieciséis de enero del año dos mil veinticinco. VISTOS Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que por sentencia definitiva de 10 de junio del año dos mil veinticuatro, en causa RIT T-138-2023, RUC 23-4-0522260-4, del Juzgado de Letras del Trabajo de Los Ángeles, se declaró: I.- Que se rechaza el incidente de ilicitud de prueba deducido por la demandada Sociedad Hotelera Murano Limitada en relación

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