JUZGADO DE GARANTIA DE ARICA

MIN. PUBLICO ARICA C/ HAROLD JHONNATAN BARRERA CASTELLANO

Rol

Fecha

16 de enero de 2025

Materia

TRAFICO ILICITO DE DROGAS ART. 3 LEY Nº 20.000.

Resultado

CONFIRMADA

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Hechos

VISTO: Atento lo expresado por los intervinientes, teniendo presente que los hechos que están siendo imputados a ambos acusados dicen relación con un delito de tráfico ilícito de estupefacientes del artículo 3° de la Ley 20.000 y que en relación a la letra b) del artículo 140 del Código Procesal Penal, hecho que ha sido fundamento de la apelación respecto de don Néstor Plasencia Lázaro, para esta Corte resultan, por ahora, suficientes los antecedentes que existen en la investigación para tener por fundamentada su participación en el delito que se le esta imputando, que lo vinculan básicamente con la posesión de uno de los bolsos contenedores de droga y, en lo que dice relación con la letra c) del artículo 140 del Código Procesal Penal, en relación también a don Harold Barrera Castellano, se debe tener en especial consideración para establecer la peligrosidad social, el peligro para la sociedad de los acusados en relación a la naturaleza y la pena probable que podría existir en este delito que es una pena de crimen, lo que hace entonces sostenible que, tanto en ambos casos, constituyen un peligro para la seguridad de la sociedad la libertad de ambos acusados, en virtud de esto, SE CONFIRMA la resolución de fecha de nueve de enero de dos mil veinticinco que decretó la prisión preventiva de ambos acusados. Comuníquese vía interconexión. Rol N° 36-2025 Penal. La presente acta sólo constituye un registro administrativo, en el que se resume lo acontecido y resuelto en la vista de la causa. Los argumentos vertidos por las partes y la fundamentación de la resolución dictada, se encuentran íntegramente en el registro de audio de la presente audiencia.

Texto Completo (Preview)

Corte de Apelaciones de Arica. En Arica, a dieciséis de enero de dos mil veinticinco. Sala: Segunda Sala Rol: 36-2025 Penal Ruc: 2500036435-8 RIT: 225-2025 Tribunal: Juzgado de Garantía de Arica Integrantes: Ministro (i) señor Héctor Gutiérrez Massardo, fiscal judicial señor Juan Manuel Escobar Salas y abogado integrante señor Patricio Ponce Correa Relator (a): Felipe Salas Torres Digita

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