ORIOL MADELINE /SERVICIO NACIONAL DE MIGRACIONES
Rol
Fecha
16 de enero de 2025
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
Vistos: A folio 1, comparece Madeline Oriol, de nacionalidad haitiana, cédula de identidad extranjero Rut N°26.698.847-8, interponiendo acción de amparo, en contra del Servicio Nacional de Migraciones, por el acto que considera ilegal, consistente en la Resolución Exenta N°24563558 de fecha 09 de diciembre de 2024, que rechazó su solicitud de residencia definitiva y dispuso el abandono del país, lo que estima vulneraría su derecho a la libertad personal, consagrado en el artículo 19 N°7 de la Constitución Política de la República. Refiere que, con el objetivo de encontrar mejores oportunidades en el país, ingreso por paso habilitado, comenzando a trabajar. Indica que ingresó la solicitud de residencia definitiva, sin embargo, pese a cumplir con todos los requisitos para su obtención, el 09 de diciembre de 2024, la recurrida dicta la Resolución Exenta que rechaza su solicitud y dispone el abandono del país dentro de 10 días, por no haber cumplido con remitir la sanción impuesta del artículo 91 solicitada por la autoridad. Indica que la resolución es injusta, arbitraria y desproporcionada toda vez que, por problemas propis con el idioma, no pudo presentar la documentación solicitada. Pide, se deje sin efecto la resolución recurrida, se revoque la orden de abandono, y que el Servicio Nacional de Migraciones emita un nuevo pronunciamiento, teniendo con consideración el comprobante de pago que se acompaña. Acompaña documentos al recurso. A folio 8 y 13, informa el recurrido Servicio Nacional de Migraciones, solicitando el rechazo de la acción por improcedente. Refiere que el amparado el 05 de noviembre de 2021, solicitó la residencia encontrándose irregular en el país, toda vez que su visa anterior se encontraba vencida. Añade que mediante notificación electrónica N°62319691 de 30 de julio de 2024, se informó al recurrente a través de du correo electrónico, que su solicitud de residencia definitiva no se encuentra en condiciones de avanzar a la siguiente etapa de a
Fundamentos
considerando: Primero: Que, la acción de amparo es un proceso de tutela urgente del derecho fundamental a la libertad personal y seguridad individual, establecido en el artículo 19 N° 7 de la Constitución Política de la República, que es procedente en aquellos casos en que una persona fuere arrestada, detenida o presa con infracción a la Constitución o a las leyes o sufra cualquier otra privación, perturbación o amenaza al derecho fundamental antes aludido, fuera de los casos en que el ordenamiento jurídico lo permite. Segundo: Que, se impugna a través de esta vía cautelar la Resolución Exenta N°24563558 de 09 de diciembre de 2024, que rechaza la solicitud de residencia definitiva de la actora y ordena abandonar el país, dentro del plazo de 10 días. La recurrente alude que la resolución es desproporcionada, porque cumple con todos los requisitos para obtener la residencia definitiva, sin embargo, no acredita sus afirmaciones. Tercero: Que, el recurrido informa que, mediante notificación electrónica de 62319691 de 30 de julio de 2024, se comunicó a la amparada las razones que sirven de fundamento al rechazo de su solicitud de acuerdo con lo previsto en el artículo 91 de la Ley N°21.325, otorgándole un plazo de 30 días, para presentar el pago de la sanción de residencia irregular del artículo 107 de la Ley N°21.325, el que no fue acompañado dentro del plazo. Cuarto: Que, en consecuencia, el rechazo de su solicitud por parte del Servicio Nacional de Migraciones no es ilegal, desde que se funda en una hipótesis contemplada en la ley y previa notificación a la amparada, sin que ésta se hubiese subsanado su solicitud en tiempo y forma, lo que conduce a desestimar el presente arbitrio constitucional.
Fallo
Por estas consideraciones y de conformidad a lo dispuesto en los artículos 19 y 21 de la Constitución Política de la República y en el Auto Acordado sobre la materia, se rechaza, sin costas, la acción de amparo deducida en favor de Madeline Oriol, en contra del Servicio Nacional de Migraciones. Regístrese, notifíquese, comuníquese y archívese en su oportunidad. N°Amparo-57-2025.
Texto Completo (Preview)
Jbl C.A. de Valparaíso Valparaíso, dieciséis de enero de dos mil veinticinco. Vistos: A folio 1, comparece Madeline Oriol, de nacionalidad haitiana, cédula de identidad extranjero Rut N°26.698.847-8, interponiendo acción de amparo, en contra del Servicio Nacional de Migraciones, por el acto que considera ilegal, consistente en la Resolución Exenta N°24563558 de fecha 09 de diciembre de 2024, que
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