MP. C/ GLORIA DEL CARMEN MIRANDA ORTEGA Y LUIS GABRIEL MUÑOZ IRANDA.
Rol
Fecha
16 de enero de 2025
Materia
TRAFICO ILICITO DE DROGAS ART. 3 LEY Nº 20.000.
Resultado
REVOCADA
Hechos
San Miguel, dieciséis de enero de dos mil veinticinco. Sala: Quinta Sala Rol: 132-2025 Penal Ruc: 2500005991-1 RIT: 93-2025 Tribunal: 12° Juzgado de Garantía de Santiago Relator: Cristián Calderón Bórquez Fiscal: María Natalia Soto Sepúlveda Defensa: Cristian Bustamante Gutiérrez Imputado: Gloria del Carmen Miranda Ortega y Luis Gabriel Muñoz Miranda Tipo de recurso: apelación cautelar Escritos resueltos en audiencia: Folio 4. San Miguel, dieciséis de enero de dos mil veinticinco. Oídos los intervinientes y teniendo presente: Que, de acuerdo al mérito de lo expuesto en la audiencia, aparece que se encuentran justificados los presupuestos materiales de las letras a) y b) del artículo 140 del Código Procesal Penal respecto de los delitos por los que fue formalizada la investigación de los imputados, y se estima que su libertad constituye un peligro para la seguridad de la sociedad, en relación con lo dispuesto en la letra c) de la norma antes mencionada,
Fundamentos
considerando respecto de Luis Gabriel Muñoz Miranda la forma de comisión, bien jurídico afectado y la eventual modalidad de cumplimiento, en atención a que registra anotaciones penales pretéritas. Y respecto de Gloria del Carmen Miranda Ortega, la naturaleza del delito, forma de comisión, bien jurídico afectado y pena asignada al mismo, lo que torna insuficientes las restantes medidas cautelares previstas por el legislador procesal penal a los efectos normados en el inciso segundo del artículo 139 del referido cuerpo legal. Y visto, además, lo dispuesto en los artículos 352 y siguientes del Código antes citado, se revoca la resolución apelada dictada en audiencia de catorce de enero del año en curso, por el 12°Juzgado de Garantía de Santiago, en cuanto por ella no se hizo lugar a decretar la prisión preventiva de los imputados y
Fallo
se declara que Gloria del Carmen Miranda Ortega y Luis Gabriel Muñoz Miranda quedan sometidos a la medida cautelar antes señalada. El señor juez a quo deberá disponer las medidas pertinentes para su cumplimiento. Comuníquese vía interconexión. N° 132-2025 Penal
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San Miguel, dieciséis de enero de dos mil veinticinco. Sala: Quinta Sala Rol: 132-2025 Penal Ruc: 2500005991-1 RIT: 93-2025 Tribunal: 12° Juzgado de Garantía de Santiago Relator: Cristián Calderón Bórquez Fiscal: María Natalia Soto Sepúlveda Defensa: Cristian Bustamante Gutiérrez Imputado: Gloria del Carmen Miranda Ortega y Luis Gabriel Muñoz Miranda Tipo de recurso: apelación cautelar Escritos re
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