SIN INFORMACION

INSTITUTO NACIONAL DE DERECHOS HUMA NOS/SERVICIO NACIONAL DE MIGRACIÓN

Rol

Fecha

15 de enero de 2025

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

Vistos y

Fundamentos

considerando: Primero: En el folio 1 comparece don Jorge Puelles Godoy, abogado regional del Instituto Nacional de Derechos Humanos, a favor de doña Nelly Coaquira Vedia, de nacionalidad boliviana, cédula de identificación chilena N°24.528.266-4, y deduce recurso de amparo en contra de la Policía de Investigaciones de Chile, representada por don Eduardo Cerna Lozano, y del Servicio Nacional de Migraciones, representado por don Luis Thayer Correa, por los hechos y fundamentos de derecho que expone. Explica que la amparada era titular de residencia definitiva en Chile desde el año 20217; en febrero de 2020, estando embarazada, viajó a Bolivia, pero debido a la pandemia y el cierre de fronteras no pudo regresar a Chile, por lo que dio a luz a su hijo en Bolivia y perdió su residencia definitiva. Sostiene que, tras la apertura de las fronteras en el año 2022 la amparada regresó a Chile con visa de turista y, según las indicaciones que le dio la autoridad, en julio de 2023, estando en Bolivia, presentó la solicitud para optar a la residencia temporal chilena. Indica que en agosto de 2024, ante el desconocimiento e inquietud de la evolución de su solicitud de residencia temporal, la extranjera viajó nuevamente a Bolivia con la finalidad de recopilar antecedentes de su trámite migratorio. Sin obtener mayores detalles de su procedimiento, retornó a Chile el 29 de agosto de 2024, por paso habilitado puesto que mantenía cédula de identidad nacional vigente, sin embargo, se le negó su ingreso al país sin mayores antecedentes por parte de la funcionaria de migraciones que realizó la fiscalización. Así, atendido que su familia se encuentra en Chile, la amparada intentó ingresar al país por un paso no habilitado siendo detenida por funcionarios del Ejército de Chile, conducida a las oficinas de Policía de Investigaciones, lugar donde se le solicitó firmar el Acta de Notificación de Reconducción Inmediata o de Devolución Inmediata a la Frontera, y se le informó que sería reconducida a la frontera de su país de origen con la prohibición de ingresar a Chile por un periodo de 1 año. Expone que, tras la intervención de la Policía de Investigaciones, y hasta la fecha de la presentación de este recurso, el Servicio Nacional de Migraciones no se ha pronunciado respecto de la situación que limitó el ingreso de la amparada. Por su parte, releva que doña Nelly ha vivido de manera ininterrumpida en el país desde el año 2022, esto junto a su grupo familiar, compuesto por su hijo de iniciales M.T.F.C, de nacionalidad boliviana de origen, de actuales 4 años de edad, quien se encontraba escolarizado en el Jardín Infantil Los Naranjitos de Vallenar con visa temporaria; y su pareja, don Tomas Flores Ramirez, de nacionalidad boliviana de origen, quien mantiene residencia definitiva desde el año 2021, uniéndolos un acuerdo de unión civil, celebrado el 27 de marzo de 2023. Sin embargo, por lo antes descrito, su hijo, profundamente afectado emocionalmente por la separación de su

Fallo

Por estas consideraciones y con lo dispuesto en el artículo 21 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado sobre tramitación y fallo del Recurso de Amparo, SE RECHAZA el recurso de amparo interpuesto a favor de doña Nelly Coaquira Vedia. Regístrese, comuníquese y archívese en su oportunidad. N° Amparo 2-2025.

Texto Completo (Preview)

C. A. de Copiapó Copiapó, quince de enero de dos mil veinticinco. Vistos y considerando: Primero: En el folio 1 comparece don Jorge Puelles Godoy, abogado regional del Instituto Nacional de Derechos Humanos, a favor de doña Nelly Coaquira Vedia, de nacionalidad boliviana, cédula de identificación chilena N°24.528.266-4, y deduce recurso de amparo en contra de la Policía de Investigaciones de Chil

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