DALEXIS RONALD/SERVICIO NACIONAL DE MIGRACIÓN
Rol
Fecha
15 de enero de 2025
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
ACOGIDA
Hechos
Visto y teniendo presente: Primero: Que comparece Tomás Matheson Mujica, abogado, a favor de Roland Dalexis, de nacionalidad haitiana, quien interpone recurso de amparo en contra del Servicio Nacional de Migraciones, fundado en el rechazo de la solicitud de residencia definitiva del amparado, contenida en la Resolución Exenta N°24607463, de fecha 31 de diciembre de 2024, y en la orden de abandono del país que de ella deriva. Señala que tales actos vulneran su garantía constitucional de libertad personal y seguridad individual, consagrada en el artículo 19 N° 7 de la Constitución Política de la República. Reclama que el amparado cuenta con arraigo social, familiar y laboral, no obstante, se rechazó su solicitud de residencia definitiva, por no acompañar el certificado de antecedentes de su país de origen, en circunstancias que es de público conocimiento las dificultades para obtenerlo en Haití, en un plazo tan acotado otorgado por la autoridad, esto es, 10 días. Considera que la medida es ilegal, absolutamente desproporcionada, toda vez que el Servicio Nacional de Migraciones está facultado para sustituir la medida gravosa adoptada, razón por la cual solicita a esta Corte dejar sin efecto la Resolución Exenta N° 24607463, de fecha 31 de diciembre de 2024, ordenando al Servicio Nacional de Migraciones el restablecimiento del imperio del derecho, retrotrayendo el proceso administrativo y dándole continuidad, permitiendo a mi representado complementar los antecedentes de que dispone la recurrida o, en su defecto, realizar una nueva postulación, todo hasta la completa resolución del asunto. Se solicita además que, en caso de revocarse la resolución de rechazo, se le otorgue certificado de residencia en trámite, a fin de demostrar que se encuentra de manera legal en el país frente a terceras personas. Segundo: Que evacuó informe el Servicio Nacional de Migraciones, solicitando el rechazo de la presente acción constitucional. Tras dar cuenta de los antecedentes de hecho
Fundamentos
considerando segundo de la Resolución respectiva. Quinto: Que, asentado lo anterior, se debe señalar que conforme los antecedentes acompañados a este proceso, aparece de manifiesto que la autoridad administrativa, al determinar el abandono de la reclamante, ha actuado de forma desproporcionada. En efecto, se trata de un ciudadano que ingresó por vía regular al país y obtuvo la residencia temporal y da cuenta de antecedentes de arraigo familiar. En este contexto, solicitó el permiso de residencia definitiva, procedimiento en el que se acompañó documentación que debe ser evaluada por la autoridad, entregando un plazo razonable para acompañar el certificado original de antecedentes penales. Sexto: Que, conforme a lo señalado, se concluye que la recurrida ha actuado de forma ilegal, pues no consideró los antecedentes positivos de la recurrente durante los años que ha residido regularmente en Chile y el hecho de existir indicios objetivos y ciertos de que no tenía antecedentes penales vigentes, por lo que era razonable otorgar al extranjero un plazo para subsanar la solicitud previo a su resolución, Séptimo: Que la actuación del Servicio recurrido ha dejado al actor en la imposibilidad de regularizar su situación migratoria, ordenando su salida del país, por lo que existe una grave amenaza en relación a su libertad ambulatoria, cuestión que, de conformidad con el artículo 21 de la Constitución Política de la República, razón por la que el arbitrio será acogido.
Fallo
Por estas consideraciones, y visto, además, lo dispuesto en el artículo 21 de la Constitución Política de la República, SE ACOGE el recurso de amparo interpuesto en favor de Roland Dalexis en contra del Servicio Nacional de Migraciones, solo en cuanto se deja sin efecto la Resolución Exenta N° 24607463, de fecha 31 de diciembre de 2024, y se ordena a la autoridad administrativa otorgar un nuevo plazo de 30 días para acompañar los antecedentes faltantes para el debido pronunciamiento de la solicitud de regularización de su situación migratoria. Acordado con el voto en contra del ministro señor Mera, quien estuvo por rechazar el recurso, tanto porque la autoridad migratoria ha actuado dentro de su competencia, en uso de sus facultades, como por no haberse acompañado por el amparado el documento requerido en el plazo fijado. Regístrese, comuníquese y archívese. N°Amparo-98-2025. En Santiago, quince de enero de dos mil veinticinco, se notificó por el estado diario la resolución que antecede.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Santiago Santiago, quince de enero de dos mil veinticinco. Al escrito folio 13: estése a lo que se resolverá. Visto y teniendo presente: Primero: Que comparece Tomás Matheson Mujica, abogado, a favor de Roland Dalexis, de nacionalidad haitiana, quien interpone recurso de amparo en contra del Servicio Nacional de Migraciones, fundado en el rechazo de la solicitud de residencia definitiva d
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