MP C/ JUAN ANDRES BAEZA ANACONA
Rol
Fecha
15 de enero de 2025
Materia
HOMICIDIO. ART.391 Nº 2.
Resultado
CONFIRMADA
Hechos
Vistos: 1º) Que, se elevan estos autos para conocer del recurso de apelación deducido por la defensa en contra de la resolución dictada por el Juzgado de Garantía de Castro que decretó la medida cautelar de prisión preventiva respecto del imputado. 2º) Que, del mérito de lo expuesto en la audiencia por los intervinientes, existen elementos de convicción suficientes para estimar concurrentes los requisitos de las letras a) y b) del artículo 140 del Código Procesal Penal, esto es, la existencia material de los hechos investigados y aquellos tendientes a presumir fundadamente la participación que en ellos se atribuye al encartado. Lo anterior
Fundamentos
considerando el parte policial, declaración de la víctima, dato de atención de urgencia y declaraciones de testigos a que se hizo referencia en audiencia, lo que da cuenta de la dinámica de los hechos e intervención criminal del imputado. 3°) Que, con respecto a la necesidad de cautela prevista en la letra c) del mismo artículo, ésta sólo se ve resguardada con la medida de prisión preventiva, teniendo en consideración el número de ilícitos por los cuales se formalizó la investigación, esto es, un delito de robo con violencia y un delito de homicidio simple, ambos en grado de desarrollo frustrado, la gravedad de la pena asignada a ellos, las circunstancias y modalidades de su comisión, mantener condenas pretéritas y la forma de cumplimiento en el evento de mediar condena, son antecedentes que permiten estimar que la libertad del imputado, por medio de la aplicación de una cautelar menos gravosa, importa un peligro para la seguridad de la sociedad, de la víctima y por peligro de fuga. Por estos fundamentos y atendido lo dispuesto en los artículos 36, 140 y 370 del Código Procesal Penal, se confirma la resolución de fecha ocho de enero del presente año pronunciada por la Jueza Titular del Juzgado de Garantía de Castro, doña Alejandra Varas Cuevas, que dispuso la medida cautelar prisión preventiva respecto del imputado Juan Andrés Baeza Anacona. Téngase por notificados a los intervinientes en este acto. Devuélvase. Rol Penal N°66-2025.-
Texto Completo (Preview)
Puerto Montt, quince de enero de dos mil veinticinco. Vistos: 1º) Que, se elevan estos autos para conocer del recurso de apelación deducido por la defensa en contra de la resolución dictada por el Juzgado de Garantía de Castro que decretó la medida cautelar de prisión preventiva respecto del imputado. 2º) Que, del mérito de lo expuesto en la audiencia por los intervinientes, existen elementos de c
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica