C/ LUIS EUGENIO VARGAS RIVAS Y OTRO
Rol
Fecha
15 de enero de 2025
Materia
MICROTRAFICO (TRAFICO DE PEQUEÑAS CANTIDADES ART. 4 LEY Nº 20.000).
Resultado
CONFIRMADA
Hechos
Visto y oído: Teniendo especialmente presente que no han variado las circunstancias que se tuvieron presente al momento de decretar la medida cautelar de prisión preventiva, la decisión en alzada será confirmada, lo que no se ve contradicho por la situación médica del acusado, esgrimida por su defensa, en tanto dicha circunstancia debe ser abordada por Gendarmería de Chile. Por lo expuesto por los intervinientes y de conformidad con lo previsto en el artículo 149 del Código Procesal Penal, se confirma la resolución de nueve de enero de dos mil veinticinco, dictada por el Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Viña del Mar, mediante la cual se mantuvo la medida cautelar de prisión preventiva de LUIS EUGENIO VARGAS RIVAS. Notifíquese, comuníquese por la vía más expedita y devuélvase. N° Penal-90-2025.
Fallo
Por lo expuesto por los intervinientes y de conformidad con lo previsto en el artículo 149 del Código Procesal Penal, se confirma la resolución de nueve de enero de dos mil veinticinco, dictada por el Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Viña del Mar, mediante la cual se mantuvo la medida cautelar de prisión preventiva de LUIS EUGENIO VARGAS RIVAS. Notifíquese, comuníquese por la vía más expedita y devuélvase. N° Penal-90-2025.
Texto Completo (Preview)
ACTA DE AUDIENCIA En Valparaíso, a quince de enero de dos mil veinticinco, se da inicio a esta audiencia a las 11:14 horas, ante la Segunda Sala de la Iltma. Corte de Apelaciones de Valparaíso, siendo presidida por la Ministra doña Nancy Aurora Bluck Bahamondes e integrada por el Ministro Suplente don Erik Espinoza Cerda y el Fiscal Judicial don Mario Fuentes Melo, para la vista del recurso de ape
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