ACCINE MICHKELEY JOSEPH/SERVICIO NACIONAL DE MIGRACIONES
Rol
Fecha
15 de enero de 2025
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
Vistos y teniendo presente: PRIMERO: Que comparece don Jorge Correa Fuentes, abogado, interponiendo acción constitucional de amparo en favor de don Mickenley Joseph Accine, cédula de identidad para extranjeros N° 27.082.144-8, en contra del Servicio Nacional de Migraciones, al no pronunciarse sobre la solicitud de beneficio de prórroga de residencia temporal. Señala que el 23 de enero de 2021, su representada realizó una solicitud de beneficio de prórroga de residencia temporal por el sistema informático establecido para el efecto por el Departamento de Extranjería y Migración del Ministerio del Interior. Expone que posteriormente se le indicó que debía realizar un trámite llamado “ratificación de la residencia temporal otorgada”, que se encontraría en etapa de análisis, que la mantiene en una situación de incertidumbre, irregularidad y restricciones, sin que el Servicio Nacional de Migraciones siquiera haya emitido un certificado de residencia en trámite o algo similar. Cita el artículo 19 N° 7 letra a) y el artículo 21 de la Constitución Política de la República, garantía que estima vulnerada, pues la comunicación restringe el derecho a la libre circulación de la amparada. Finaliza solicitando que se acoja la acción, ordenando a dicho Servicio que regularice la situación migratoria de la amparada, en razón a la visa otorgada a su representada en el año 2021. SEGUNDO: Que al evacuar su informe, la recurrida Servicio Nacional de Migraciones solicitó el rechazo de la acción. Señala que la recurrente ingresó por primera vez al territorio nacional con fecha 23 de noviembre de 2017, posteriormente, mediante Resolución Exenta N° 355 747 de fecha 9 de noviembre de 2018, el Departamento de Extranjería y Migración del Ministerio del Interior y Seguridad Pública otorgó a la recurrente una visa de residencia temporaria, por 1 año en calidad de titular. Este permiso se mantuvo vigente hasta el día 13 de noviembre de 2020. A continuación, indica que el 23 de enero de 202
Fallo
fallo por la Excma. Corte Suprema, debe necesariamente concluirse que en la presentación efectuada en estos autos, ha de descartarse arbitrariedad, pues la demora es razonable y también debe ser desechada una actuación ilegal, como quiera que los plazos que se confieren a la administración no son fatales, cuestión que aunada a la carga de trabajo que enfrenta el Servicio de Migraciones, llevan a desechar la presente acción constitucional. Por estas consideraciones y lo dispuesto en el artículo 21 de la Constitución Política de la República, se rechaza el recurso de amparo deducido en favor de Mickenley Joseph Accine, en contra del Servicio Nacional de Migraciones. Regístrese, comuníquese y, en su oportunidad, archívese. N°Amparo-4057-2024.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Santiago Santiago, quince de enero de dos mil veinticinco. Vistos y teniendo presente: PRIMERO: Que comparece don Jorge Correa Fuentes, abogado, interponiendo acción constitucional de amparo en favor de don Mickenley Joseph Accine, cédula de identidad para extranjeros N° 27.082.144-8, en contra del Servicio Nacional de Migraciones, al no pronunciarse sobre la solicitud de beneficio de pró
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica