SOLÍS/ABARZÚA
Rol
Fecha
15 de enero de 2025
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
Vistos: 1º) Víctor Alejandro Solís Montecinos, pensionado de invalidez, domiciliado en la comuna de La Unión, interpone recurso de protección en contra de Manuel Feliciano Abarzúa Chaura, empresario, domiciliado en la comuna de Río Bueno, quien habría interrumpido el suministro eléctrico del inmueble que ocupa en calidad de arrendatario, vulnerando de esta forma sus garantías de igualdad ante la ley, derecho a no ser juzgado por comisiones especiales y propiedad, contenidas, respectivamente, en los numerales 2, 3, inciso quinto, y 24 del artículo 19 de la Constitución Política de la República. Señala que, el 1 de septiembre de 2023, celebró un contrato de arrendamiento con la parte recurrida, mediante el que se le arrendó el inmueble rural que utiliza para habitar con su familia, por $260.000 mensuales. Sostiene que, el 12 de diciembre pasado, el recurrido cortó el suministro eléctrico del inmueble, alegando la existencia de una supuesta deuda. Dicho corte implicó, además, la interrupción del servicio de agua potable, que funciona con electricidad. Indica que tales acciones han provocado en su cónyuge, quien padece de cáncer y crisis de pánico, el agravamiento de problemas de salud. Termina solicitando que se ordene al recurrido el restablecimiento del suministro de energía eléctrica y la abstención del corte o suspensión en el futuro. 2º) Informando, el recurrido solicita el rechazo del recurso, señalando, que el recurrente adeuda los meses de noviembre, diciembre y enero, por la suma total de $780.000 y, por concepto de electricidad, dos meses, por el monto total de $216.100. Señala que ha solicitado el pago de lo adeudado al recurrente y que este solo entrega excusas, fundándose en problemas de salud que datan de anterioridad al acto de arrendamiento. Afirma que no es el responsable de los cortes de energía eléctrica y que desconoce las razones de su ocurrencia, señalando que aquello puede deberse a interrupciones propias del sector rural en que se encuentra emp
Fallo
Por estas consideraciones y lo preceptuado en el artículo 20 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado sobre Tramitación del Recurso de Protección de Garantías Constitucionales, se resuelve: Que se RECHAZA, sin costas, el recurso de protección interpuesto por Víctor Alejandro Solís Montecinos en contra de Manuel Feliciano Abarzúa Chaura. Regístrese, comuníquese y archívese, en su oportunidad. N° Protección-3124-2024
Texto Completo (Preview)
Valdivia, quince de enero de dos mil veinticinco. Vistos: 1º) Víctor Alejandro Solís Montecinos, pensionado de invalidez, domiciliado en la comuna de La Unión, interpone recurso de protección en contra de Manuel Feliciano Abarzúa Chaura, empresario, domiciliado en la comuna de Río Bueno, quien habría interrumpido el suministro eléctrico del inmueble que ocupa en calidad de arrendatario, vulnerando
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