JUZGADO DE GARANTIA DE TOME

MP C/ DANITZA NICOLE ESPINOZA GARCES

Rol

Fecha

15 de enero de 2025

Materia

RECEPTACION. ART. 456 BIS

Resultado

CONFIRMADA

Ver en fuente oficial

Hechos

VISTO Y TENIENDO ÚNICAMENTE PRESENTE: 1°.- Que el Ministerio Público apeló verbalmente de la resolución de 10 de enero en curso, que rechazó la solicitud del ente persecutor en cuanto a disponer la medida cautelar de prisión preventiva respecto de los imputados Nicole Alejandra Palma Riquelme y Gabriel Alfredo Fuentes Peña, disponiendo respecto de ambos la privación total de libertad en su domicilio. Dichos encartados se encuentran formalizados por el delito de Tráfico Ilícito de Estupefacientes, contemplado de los artículos 1° y 3°de la Ley N°20.000. En consecuencia, la apelación del Ministerio Público se funda únicamente en el artículo 140 letra c) del Código Procesal Penal, esto es, la necesidad de cautela. 2°.- Que compartiendo los

Fundamentos

fundamentos de la resolución apelada, principalmente considerando que los imputados cuentan con el antecedente objetivo del artículo 11 N°6 del Código Penal, esto es, irreprochable conducta anterior, ni se encuentran sujetos a medidas cautelares alguna en otro procedimiento, sin que existan en su contra otros procesos pendientes y siendo la prisión preventiva una medida cautelar de última ratio, el arresto domiciliario total resulta proporcional y suficiente para resguardar la seguridad de la sociedad.

Fallo

Por estas consideraciones y de conformidad con lo previsto en los artículos 139, 140, 149, 155 y 370 letra b) del Código Procesal Penal, SE CONFIRMA la resolución apelada de diez de enero de dos mil veinticinco, dictada por el Juzgado de Garantía de Tomé, que desestimó imponer la prisión preventiva a los imputados Nicole Alejandra Palma Riquelme y Gabriel Alfredo Fuentes Peña y les impuso la medida cautelar de privación total de libertad en su casa. Dese inmediata orden de libertad a los referidos imputados, si no estuvieren privados de ella en otra causa. Comuníquese por la vía más rápida y expedita al tribunal de origen. Rol N°Penal-55-2025.-

Texto Completo (Preview)

Concepción, quince de enero de dos mil veinticinco. VISTO Y TENIENDO ÚNICAMENTE PRESENTE: 1°.- Que el Ministerio Público apeló verbalmente de la resolución de 10 de enero en curso, que rechazó la solicitud del ente persecutor en cuanto a disponer la medida cautelar de prisión preventiva respecto de los imputados Nicole Alejandra Palma Riquelme y Gabriel Alfredo Fuentes Peña, disponiendo respecto

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica