SIN INFORMACION

VÁSQUEZ VÁSQUEZ, JOSÉ ALFREDO/COMISIÓN DE LIBERTAD CONDICIONAL(2DO. SEMESTRE DE 2024)

Rol

Fecha

15 de enero de 2025

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

Ver en fuente oficial

Hechos

VISTOS Y

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que Gabriel Mauricio Calderón Lewin, defensor penal público penitenciario, recurre de amparo en favor de José Alfredo Vásquez Vásquez, privado de su libertad en el establecimiento penitenciario CP La Serena, en contra de la resolución 159-2024 dictada por la Comisión de Libertad Condicional, de octubre de 2024, que no hizo lugar a la libertad condicional de su representado. Expone que el postulante cumple una pena de diez años y un día por el delito de lesiones graves gravísimas, iniciando condena el 18 de junio de 2014, con fecha de término para el 18 de junio de 2026, y cumpliendo su tiempo mínimo el 18 de junio de 2020, siendo ésta su sexta postulación al beneficio. Sostiene que la decisión impugnada constituye una transgresión legal al Decreto Ley 321 y sus modificaciones posteriores, por cuanto no habla la normativa de un informe favorable, sino que un informe que oriente sobre factores de reincidencia y demás antecedentes sociales del postulante a efectos de poder elaborar con dicho análisis el plan de intervención que seguirá con su delegado, y resulta igualmente arbitrario, toda vez que no basta con resaltar los aspectos negativos del condenado y con ello rechazar la postulación, sino que debe fundar adecuadamente en cuanto esos aspectos llevan a inclinarse porque deba cumplir el saldo de pena privado de libertad y no bajo la modalidad de libertad condicional. Afirma que el informe reconoce logros significativos en el proceso de reinserción y rehabilitación del postulante, por cuanto satisface el criterio de tiempo mínimo requerido y ha mantenido una conducta ejemplar durante los últimos doce meses, destacando su informe que logra responsabilizarse de los hechos y elabora un análisis crítico de su conducta, identificando factores que contribuyeron a un perfil criminógeno; proyecta avances en la conciencia del daño causado, reconociendo las consecuencias a nivel económico, físico y emocional para las víctimas, y muestra una actitud empática; muestra una disposición positiva y favorable hacia la intervención, lo cual ha permitido que desarrolle competencias para disminuir el riesgo de reincidencia; participó en el taller de gestión logística y almacenaje durante el 2022, no logrando completarlo por cambio de módulo y se encuentra sin consumo de drogas bajo un contexto protegido, lo que viene a ser un buen indicio de reinserción social considerando la historia de vida del amparado y la clara relación que existe entre las conductas delictivas del presente y las conductas delictivas. Agrega que el informe también se refiere a que se encuentra en una etapa de apertura al cambio y reconocimiento de factores predisponentes a conductas delictuales, demostrando disposición para el crecimiento personal y ha comenzado a reconocer e identificar factores asociados a su conducta delictual, lo cual es un primer paso hacia la modificación de su comportamiento. Concluye que estos antecedentes parecen demostrar un progreso signif

Fallo

SE RESUELVE: 1. Que, se RECHAZA el beneficio de Libertad Condicional al interno JOSÉ ALFREDO VÁSQUEZ VÁSQUEZ, cédula de identidad N° 16.082.547-2”. SEXTO: Que, tenida a la vista la resolución de la Comisión de Libertad Condicional, se puede constatar que, en efecto, deniega la libertad condicional al amparado, por cuanto se estimó que no cumplía los requisitos necesarios para un cumplimiento en libertad, ya que el informe de postulación psicosocial daba cuenta de factores de riesgo de reincidencia del condenado, que no permiten demostrar, a la época de postulación, una adecuada reinserción en la sociedad, al presentar un riesgo muy alto de reincidencia. SÉPTIMO: Que, como primera cuestión, cabe considerar que de los antecedentes que constan en el expediente, se advierte que la situación del amparado se encuentra determinada en virtud del pronunciamiento emanado de un órgano competente, establecido en la ley y actuando dentro de la esfera de sus atribuciones. En tal sentido, no se vislumbra que la Comisión de Libertad Condicional haya actuado de forma arbitraria o ilegal, pues ha resuelto denegar la concesión del beneficio de libertad condicional al amparado en base a sus facultades legales y debido a los antecedentes tenidos a la vista en su oportunidad, dando con ello cumplimiento a lo previsto en el Decreto Ley N°321, en especial a los artículos 2 N°3 y 5. OCTAVO: Que, por otra parte, revisado el informe técnico elaborado por el equipo de Gendarmería de Chile, es posible co

Texto Completo (Preview)

Vásquez Vásquez, José Alfredo Comisión de Libertad Condicional Recurso de Amparo Rol N°14-2025.- La Serena, quince de enero de dos mil veinticinco. VISTOS Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que Gabriel Mauricio Calderón Lewin, defensor penal público penitenciario, recurre de amparo en favor de José Alfredo Vásquez Vásquez, privado de su libertad en el establecimiento penitenciario CP La Serena, en contra d

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica