JUZGADO DE GARANTIA DE CHILLAN

MINISTERIO PUBLICO C/ JOSE MANUEL BLAS SANDOVAL

Rol

Fecha

15 de enero de 2025

Materia

TRAFICO ILICITO DE DROGAS ART. 3 LEY Nº 20.000.

Resultado

CONFIRMADA

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Hechos

Visto y teniendo presente: 1.- Que, la defensa del imputado José Blas Sandoval, quien fue formalizado por el delito de tráfico ilícito de estupefacientes y tenencia ilegal de arma de fuego y de parte de ésta, se ha alzado en contra de la resolución que mantuvo su prisión preventiva. 2.- Que, no existe mayor controversia respecto a la presencia del imputado en el domicilio, y específicamente en el dormitorio, junto a los otros coimputados, en el que se encontró más de 2 kilos de droga, y un arma de fuego, con lo que se cumple el presupuesto de la letra a) del artículo 140 del Código Procesal Penal. 3.- Que, en cuanto a la participación, cabe anotar que, la presencia del encartado en el domicilio ya referido, sin explicación razonable, toda vez que su defensa ha esgrimido tener uno en Santiago, y el persecutor, por su parte ha dado cuenta de otros varios, en la misma Región Metropolitana, unido a la circunstancia de haber sido condenado recientemente por un delito previsto en la ley 20.000, y al hecho de no existir nuevos antecedentes, permiten mantener las presunciones de participación. 4.- Que en cuanto a la necesidad de cautela, se dirá que se trata de un imputado al que se le atribuyen varios delitos, uno de ellos castigados con pena de crimen, que además registra condenas previas, todo lo cual justifica mantener la medida en análisis, para resguardar la seguridad de la sociedad. Y, visto, además, lo dispuesto en los artículos 140, 358 y 360 del Código Procesal Penal, se confirma la resolución apelada dictada en audiencia de seis de enero del año en curso, que mantuvo la prisión preventiva del imputado Blas Sandoval. Téngase por notificados a los intervinientes. Comuníquese y devuélvase inmediatamente. N°Penal-31-2025.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Chillán Act/rps Chillán, quince de enero de dos mil veinticinco. Visto y teniendo presente: 1.- Que, la defensa del imputado José Blas Sandoval, quien fue formalizado por el delito de tráfico ilícito de estupefacientes y tenencia ilegal de arma de fuego y de parte de ésta, se ha alzado en contra de la resolución que mantuvo su prisión preventiva. 2.- Que, no existe mayor controversia resp

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