SIN INFORMACION

DANA MARTIN GONZALEZ/SERVICIO NACIONAL DE MIGRACIONES

Rol

Fecha

15 de enero de 2025

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

ACOGIDA/COMUNICAR

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Hechos

VISTO: PRIMERO: Que, el 10 de enero del 2025 comparece DANA ANGELY MARTIN GONZÁLEZ, cédula nacional de identidad número 27.143.451-0, trabajadora dependiente, con domicilio en trece y medio oriente número 3010 villa don Sebastián Talca, interponiendo recurso de amparo en su favor y en contra del SERVICIO NACIONAL DE MIGRACIONES, representado por don Luis Thayer Correa, sociólogo, con domicilio en San Antonio 580, piso 3, comuna Santiago, por la resolución exenta N°25004249 de 03 de enero de 2025, que rechaza solicitud de residencia definitiva, ordenando el abandono del país. Refiere, en síntesis, que ingresó a Chile por vía aérea con intención de asentarse en el país. Inmediatamente, realizó todos los trámites de regularización migratoria y buscó trabajo para poder mantenerse, comenzado a trabajar al poco tiempo. Adicionando que su llegada al país no fue antojadiza, pues obedece al complejo panorama económico, político y social que vive en su país de origen, Venezuela. Es en el anterior contexto que, luego de haber obtenido una residencia temporal, el 5 de octubre de 2022 ingresó una solicitud de residencia definitiva, proceso en el cual el 3 de enero de 2025 se dictó una resolución que rechazó la solicitud y dispuso el abandono del país, consignándose como motivo el siguiente: “Segundo: Que, la persona extranjera no remite el original del certificado de antecedentes de su país de origen debidamente legalizado y/o apostillado, requisito exigido para otorgar el permiso de residencia definitiva, siendo pertinente rechazar su solicitud en conformidad al artículo 88 N°1 de la Ley N°21.325 de Migración y Extranjería” Tercero: “Que, mediante notificación electrónica de fecha 22-08-2024, se comunicó a la persona extranjera respecto de las razones que sirven de fundamento al rechazo de su solicitud de acuerdo a lo previsto en el artículo 91 de la Ley N°21.325, otorgándole un plazo de 10 días para presentar antecedentes respecto de la causal de rechazo invocada por esta au

Fallo

Por estas consideraciones, visto además lo dispuesto en el artículo 21 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema, sobre tramitación y fallo del Recurso de Amparo, SE ACOGE el recurso de amparo interpuesto por DANA ANGELY MARTIN GONZÁLEZ, en contra del SERVICIO NACIONAL DE MIGRACIONES y, en consecuencia, se deja sin efecto la Resolución Exenta N°25004249 de 03 de enero de 2025, emanada del Servicio Nacional de Migraciones, que rechazó la solicitud de Residencia Definitiva solicitada por la recurrente, quedando sin efecto, asimismo, la decisión de que ésta última haga abandono del territorio nacional, debiendo en su lugar, disponer lo conveniente, para que se cite a la amparada y se le informe acerca de la suma total de dinero que le falta completar por su permanencia en el país, otorgándole un plazo a la parte actora –el que no podrá ser inferior a sesenta días- para que presente el certificado de antecedentes faltante y luego de ello, estudie su situación migratoria, con los nuevos antecedentes que se alleguen. Comuníquese por la vía más expedita. Regístrese y en su oportunidad archívese. Rol 24-2025/Amparo. EDA/eda

Texto Completo (Preview)

Talca, quince de enero de dos mil veinticinco. VISTO: PRIMERO: Que, el 10 de enero del 2025 comparece DANA ANGELY MARTIN GONZÁLEZ, cédula nacional de identidad número 27.143.451-0, trabajadora dependiente, con domicilio en trece y medio oriente número 3010 villa don Sebastián Talca, interponiendo recurso de amparo en su favor y en contra del SERVICIO NACIONAL DE MIGRACIONES, representado por don

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