FERNANDEZ/SERVICIO NACIONAL DE MIGRACION
Rol
Fecha
17 de enero de 2025
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
(MIGR/RD)ACOGIDA
Hechos
Vistos: A folio 1, se interpone recurso de protección en favor de KEVIN EDUARDO JOSE FERNANDEZ RODRIGUEZ, de nacionalidad venezolana, en contra del Servicio Nacional de Migraciones, por la omisión ilegal y arbitraria en el pronunciamiento sobre el beneficio migratorio de residencia definitiva. Indica que, a la fecha, aún no obtiene respuesta final al acto administrativo, estimando que se está vulnerando el artículo 19 N°2 de la Constitución Política de la República, en concordancia con lo dispuesto en los artículos 6, 7, 8, 9, 14, 24 y 27 de la Ley 19.880. Solicita en definitiva, se acoja el presente recurso, ordenando a la recurrida que se pronuncie dentro de un plazo no mayor a 60 días sobre la solicitud presentada, con expresa condena en costas. Acompaña documentación a su recurso. La recurrida informa que la solicitud de residencia definitiva presentada por KEVIN EDUARDO JOSE FERNANDEZ RODRIGUEZ, el 09 de octubre de 2023, se encuentra en etapas finales en donde solo queda el pronunciamiento definitivo del Servicio Nacional de Migraciones, ya que se han superado todas las etapas preliminares. Se trajeron los autos en relación. CON LO RELACIONADO Y
Fundamentos
CONSIDERANDO: Primero: Que el recurso de protección tiene por objeto restablecer el imperio del derecho cuando este ha sido quebrantado por actos u omisiones arbitrarias o ilegales que amenazan, perturban o privan del ejercicio legítimo de alguna de las garantías taxativamente numeradas en el artículo 20 de la Constitución Política de la República, dejando a salvo las demás acciones legales. Segundo: Que, el asunto por el cual se solicita la adopción de medidas que restablezcan el imperio del derecho dice relación con la omisión arbitraria o ilegal por parte de la recurrida, en orden a acoger o rechazar la solicitud de residencia definitiva que el recurrente presentó ante el Servicio Nacional de Migraciones, alegando que la recurrida ha demorado en exceso al resolver su solicitud, actuando en contravención al principio de celeridad establecido en la Ley 19.880. Tercero: Que, la dilación que ha experimentado la tramitación de la solicitud -si se considera su fecha de inicio-, permite concluir que la autoridad administrativa ha infringido los artículos 7° y 27 de la Ley N°19.880 y, como consecuencia de aquello, lo dispuesto en la garantía constitucional del artículo 19 N°2 de la Constitución Política de la República, al realizarse por un órgano de la Administración del Estado, una discriminación arbitraria en la tramitación de la residencia definitiva requerida por la parte recurrente, en relación con otros interesados que actualmente se encuentran en la misma situación, razones por las cuales se acogerá la presente acción.
Fallo
Por estas consideraciones y lo establecido en el artículo 20 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre Tramitación y Fallo del Recurso de Protección, se declara que: SE ACOGE, sin costas, el recurso de protección interpuesto en favor de KEVIN EDUARDO JOSE FERNANDEZ RODRIGUEZ, debiendo el Servicio Nacional de Migraciones, dentro del plazo de sesenta días hábiles administrativos contados desde que la presente sentencia quede ejecutoriada, pronunciarse conforme a derecho respecto de la solicitud ingresada por la parte recurrente. Regístrese, notifíquese, comuníquese y archívese, en su oportunidad. N°Protección-18752-2024.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Concepción IRM/bpv Concepción, diecisiete de enero de dos mil veinticinco. Vistos: A folio 1, se interpone recurso de protección en favor de KEVIN EDUARDO JOSE FERNANDEZ RODRIGUEZ, de nacionalidad venezolana, en contra del Servicio Nacional de Migraciones, por la omisión ilegal y arbitraria en el pronunciamiento sobre el beneficio migratorio de residencia definitiva. Indica que, a la fecha
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