JUZGADO DE GARANTIA DE PUERTO MONTT

MP C/ JOHN MICHEL LEVIMAN MEDRANO

Rol

Fecha

14 de enero de 2025

Materia

ROBO CON INTIMIDACION . ART. 433, 436 INC. 1º 438.

Resultado

CONFIRMADA

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Hechos

Vistos 1°) Que, se elevan estos autos para conocer del recurso de apelación deducido por la defensa del imputado John Michel Leviman Medrano, en contra de la resolución dictada por el Juzgado de Garantía de Puerto Montt que decretó la medida cautelar de prisión preventiva solicitada por el ente persecutor en su contra. 2°) Que, del mérito de los antecedentes y de lo expuesto en la audiencia por los intervinientes, se desprende que, en este estadio procesal, existen elementos de convicción suficientes para estimar concurrentes los requisitos de las letras a) y b) del artículo 140 del Código Procesal Penal, esto es, la existencia material de los hechos investigados y aquellos tendientes a presumir fundadamente la participación que en ellos se le atribuye al imputado, toda vez que el dato de atención de urgencia practicado a la víctima da cuenta de heridas y fracturas en varias partes de su cuerpo, además de haber sido sindicado el imputado por la víctima como una de las personas que participaron de la agresión de la que fue objeto y que la mantuvieron retenida contra su voluntad. 3°) A su vez, respecto de la necesidad de cautela regulada en la letra c) del mismo artículo, teniendo en consideración la naturaleza del delito por la cual fue formalizada la presente investigación, la forma de comisión del mismo, la circunstancia de haber actuado en grupo y pandilla y el estar cumpliendo una condena a través de una pena sustitutiva a la fecha de verificación de los hechos materia de la formalización a la cual compareció en virtud de la materialización de una orden de detención, se configura un peligro para la seguridad de la sociedad y de los fines del procedimiento que se resguarda sólo con la medida cautelar de prisión preventiva impuesta por el Tribunal a quo en esta causa. Por estas consideraciones y atendido lo dispuesto en los artículos 36, 140, y 370 del Código Procesal Penal, se confirma la resolución apelada de fecha nueve de enero del año dos mil veinticinco, d

Fallo

Por estas consideraciones y atendido lo dispuesto en los artículos 36, 140, y 370 del Código Procesal Penal, se confirma la resolución apelada de fecha nueve de enero del año dos mil veinticinco, dictada por el Juez del Juzgado de Garantía de Puerto Montt, don Cristian Alfonso Durruty respecto del imputado John Michel Leviman Medrano, manteniéndose la medida cautelar de prisión preventiva impuesta en su contra. Comuníquese de la forma más expedita. Devuélvase. Rol Penal 57-2025.

Texto Completo (Preview)

Puerto Montt, catorce de enero de dos mil veinticinco. Vistos 1°) Que, se elevan estos autos para conocer del recurso de apelación deducido por la defensa del imputado John Michel Leviman Medrano, en contra de la resolución dictada por el Juzgado de Garantía de Puerto Montt que decretó la medida cautelar de prisión preventiva solicitada por el ente persecutor en su contra. 2°) Que, del mérito de

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