FISCALIA ARICA C/ FRANCIS MASSIEL IBARGUEN
Rol
Fecha
14 de enero de 2025
Materia
AMENAZAS SIMPLES CONTRA PERSONAS Y PROPIEDADES ART. 296 N°3.
Resultado
CONFIRMADA
Hechos
VISTO: Que, atendido el mérito de los antecedentes expuestos por ambos intervinientes en estrados, esta Corte comparte íntegramente todos y cada uno de los razonamientos expuestos por el Tribunal a quo, en orden a que, por ahora, no concurrirían antecedentes suficientes que dieran cuenta del presupuesto material del delito por el cual se formalizó al imputado y, en consecuencia, decae igualmente la necesidad de cautela y, encontrándose suficiente para la adherencia del procedimiento aquellas decretadas por el Tribunal de Garantía, SE CONFIRMA la resolución apelada. Comuníquese vía interconexión. Rol N° 24-2025 Penal. La presente acta sólo constituye un registro administrativo, en el que se resume lo acontecido y resuelto en la vista de la causa. Los argumentos vertidos por las partes y la fundamentación de la resolución dictada, se encuentran íntegramente en el registro de audio de la presente audiencia.
Fallo
se resuelve: Pronunciándose esta Corte respecto del incidente planteado por la defensa, y examinado el escrito de recurso de apelación interpuesto por el Ministerio Público, en cuyo acápite dos se señalan las indicaciones en virtud de las cuales procederían el cuestionamiento de la letra a) del artículo 140, por lo que reúne a groso modo los requisitos que, a su turno, establece el artículo 367 del Código Procesal Penal, se rechaza el incidente y, en consecuencia, se declara admisible el recurso de apelación. En cuanto al recurso de apelación: Previa deliberación se ha resuelto lo siguiente: VISTO: Que, atendido el mérito de los antecedentes expuestos por ambos intervinientes en estrados, esta Corte comparte íntegramente todos y cada uno de los razonamientos expuestos por el Tribunal a quo, en orden a que, por ahora, no concurrirían antecedentes suficientes que dieran cuenta del presupuesto material del delito por el cual se formalizó al imputado y, en consecuencia, decae igualmente la necesidad de cautela y, encontrándose suficiente para la adherencia del procedimiento aquellas decretadas por el Tribunal de Garantía, SE CONFIRMA la resolución apelada. Comuníquese vía interconexión. Rol N° 24-2025 Penal. La presente acta sólo constituye un registro administrativo, en el que se resume lo acontecido y resuelto en la vista de la causa. Los argumentos vertidos por las partes y la fundamentación de la resolución dictada, se encuentran íntegramente en el registro de audio de
Texto Completo (Preview)
Corte de Apelaciones de Arica. En Arica, a catorce de enero de dos mil veinticinco. Sala: Segunda Sala Rol: 24-2025 Penal Ruc: 2500013739-4 RIT: 72-2025 Tribunal: Juzgado de Garantía de Arica Integrantes: Ministra señora Claudia Arenas González, fiscal judicial (s) señor Claudio Rojas Yáñez y abogado integrante señor Patricio Ponce Correa Relator (a): María Pía Bustamante Müller Digitado
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica