SIN INFORMACION

RUIZ/STEVENS

Rol

Fecha

14 de enero de 2025

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

VISTOS Y

Fundamentos

CONSIDERANDO: Primero. Comparece doña Yasna Romina del Pilar Ruíz Álvarez quien dedujo la presente acción constitucional en contra de Clínica Mundo Animal Osorno representada legalmente por Sandra Longa Cordero y en contra de Christian Marcelo Stevens Moya y; Sebastián Stevens Longa por el acto arbitrario e ilegal consistente en la difusión de información difamatoria y poco precisa en un grupo de WhatsApp lo que vulnera sus derechos fundamentales consagrados en los numerales 1, 2, 4 y 16 de la Constitución Política de la República, todo en base a los argumentos de hecho y de derecho que expuso. Indicó la recurrente que el 13 de enero de 2022 comenzó a prestar servicios en la Clínica Mundo Animal Osorno S.p.A., siendo testigo de actitudes pasivo-agresivas y tratos insultantes de los representantes de la empresa. Explicó que el 27 de abril de 2023 ocurrió un incidente relacionado con un saco de alimento roto durante una descarga de mercadería y a pesar de explicar lo sucedido fue acusada injustamente de romper intencionalmente el saco, con lo cual, ante la presión de su empleador se vio obligada a pagar el costo de dicho producto. Añadió que el 2 de mayo de 2023 fue despedida verbalmente por Cristian Stevens Moya sin expresión de causa legal bajo amenaza de coacción siendo forzada a presentar una renuncia voluntaria en la Inspección del Trabajo. Indicó que, a comienzos de noviembre tomó conocimiento de haber sido víctima de una “funa” realizada por la señora Sandra Longa Cordero, quien difundió información difamatoria y poco precisa en un grupo de WhatsApp con veterinarios de la Región, dando a entender que habría cometido alguna acción reprochable e invitando a dueños de otras Clínicas Veterinarias a que le escriban por interno para relatarles las supuestas acciones condenables que habría cometido. Ahondó en que este acto ha dañado gravemente su honra y ha impedido su reinserción laboral en el campo de la veterinaria, pues escuchó de unas compañeras de trabajo, que la recurrida llamó a otras Clínicas Veterinarias para dar sus datos personales y difamar a su persona con el objeto de que no la contraten. Los hechos narrados vulneran su derecho a la integridad psíquica, pues las amenazas, difamaciones y hostigamientos han afectado su estabilidad emocional generando ansiedad y estrés, además, afecta su derecho a no ser discriminada arbitrariamente, su honra, pues atenta contra su reputación profesional y personal y su derecho al trabajo, pues las acciones de la clínica han imposibilitado su desarrollo laboral en el ámbito para el cual se preparó académicamente. Solicitó se ordene a los recurridos cesar de inmediato cualquier acción de difamación y hostigamiento en su contra; se ordene eliminar toda publicación o mensaje difamatorio realizado en su perjuicio en cualquier plataforma, incluyendo WhatsApp; se instruya a los recurridos a abstenerse de realizar nuevos actos que atenten contra sus derechos fundamentales; se adopten las medidas necesar

Fallo

Por estas consideraciones, disposiciones legales citadas y teniendo, además, presente lo dispuesto en el artículo 19 Nº1 y 4, de la Constitución Política de la República y Auto Acordado, Acta 95-2015, de la Excelentísima Corte Suprema sobre Tramitación y Fallo del Recurso de Protección de Garantías Constitucionales, SE RESUELVE: Que, se rechaza el recurso de protección interpuesto por Yasna Romina del Pilar Ruíz Álvarez, sin costas. Regístrese y, en su oportunidad, archívese. N°Protección-3081-2024.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Valdivia Valdivia, catorce de enero de dos mil veinticinco. VISTOS Y CONSIDERANDO: Primero. Comparece doña Yasna Romina del Pilar Ruíz Álvarez quien dedujo la presente acción constitucional en contra de Clínica Mundo Animal Osorno representada legalmente por Sandra Longa Cordero y en contra de Christian Marcelo Stevens Moya y; Sebastián Stevens Longa por el acto arbitrario e ilegal consis

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