LABORATORIO BALLERINA LTDA/LABORATORIO DURANDIN S.A.
Rol
Fecha
24 de febrero de 2025
Materia
OTROS SUMARIOS
Resultado
INADMISIBLE
Hechos
Vistos y teniendo presente: Que las resoluciones que disponen la práctica de alguna diligencia probatoria son inapelables de conformidad con lo establecido en el inciso 2° del artículo 326 del Código de Procedimiento Civil, razón por la cual el presente recurso no puede ser admitido a tramitación. Por estas consideraciones y lo dispuesto en el artículo 213 del citado Código de Procedimiento Civil, se declara inadmisible el recurso de apelación interpuesto por la parte demandante, con fecha diecinueve de diciembre de dos mil veinticuatro, en contra de la resolución de cuatro de octubre de dos mil veinticuatro. Comuníquese. N°Civil-21505-2024.
Fallo
Por estas consideraciones y lo dispuesto en el artículo 213 del citado Código de Procedimiento Civil, se declara inadmisible el recurso de apelación interpuesto por la parte demandante, con fecha diecinueve de diciembre de dos mil veinticuatro, en contra de la resolución de cuatro de octubre de dos mil veinticuatro. Comuníquese. N°Civil-21505-2024.
Texto Completo (Preview)
kom C.A. de Santiago Santiago, veinticuatro de febrero de dos mil veinticinco. Al folio N°3: estese a lo que se resolverá. Vistos y teniendo presente: Que las resoluciones que disponen la práctica de alguna diligencia probatoria son inapelables de conformidad con lo establecido en el inciso 2° del artículo 326 del Código de Procedimiento Civil, razón por la cual el presente recurso no puede ser
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