JUZGADO DE LETRAS DEL TRABAJO DE VALDIVIA

ALEGRÍA/FISCO - CDE

Rol

Fecha

14 de enero de 2025

Materia

OTRAS INDEMNIZACIONES (ESPECIFICÁNDOLA)

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

VISTOS: En los autos RIT T-87-2023, RUC 23-4-0497184-0, del juzgado de letras del trabajo de Valdivia, por sentencia definitiva dictada con fecha veinte de agosto de dos mil veinticuatro, por la jueza destinada del referido tribunal Marianela Luna Neira, se acoge la acción de tutela laboral por vulneración de derechos fundamentales incoada por Macarena Paz Alegría Irigoyen, en contra del Fisco de Chile, representado judicialmente por el abogado Procurador Fiscal, Natalio Vodanovic Schnake, declarándose que la demandada infringió la garantía constitucional de la no discriminación y de la integridad física y psíquica de la actora, por conductas de acoso laboral, ordenándose como consecuencia pagarle la suma de $6.000.000 por concepto de daño moral. El mismo acto jurisdiccional dispone a título de medida reparatoria que la demandada deberá enviar a la demandante una carta de disculpas públicas donde se reconozca que se lesionaron sus derechos fundamentales; que la suma ordenada pagar lo será reajustada y devengará intereses conforme a lo dispuesto en el artículo 173 del código del trabajo y que la demandada deberá abstenerse de ejercer en lo sucesivo actos que importen una vulneración de la garantías de la integridad física y psíquica de sus trabajadores. Finalmente, el fallo condena en costas al Fisco de Chile al haber sido totalmente vencido. En contra de la sentencia mencionada, la parte demandada dedujo recurso de nulidad, fundado –como capítulo principal— en el previsto en el artículo 478 letra b) del código del trabajo, es decir, cuando la sentencia haya sido pronunciada con infracción manifiesta de las normas sobre apreciación de la prueba conforme a las reglas de la sana crítica; como primera causal subsidiaria la prevista en el literal c) del referido artículo, por ser necesaria la alteración de la calificación jurídica de los hechos, sin modificar las conclusiones fácticas del tribunal inferior y como segunda causal subsidiaria, la contemplada en el artícul

Fundamentos

CONSIDERANDO: 1º) El demandado en la presente causa, intenta el cauce de anulación contemplado en el artículo 478 letra b) del código del trabajo, esto es, haberse pronunciado la sentencia con infracción manifiesta de las normas sobre apreciación probatoria conforme las reglas de la sana crítica, pero previo al desarrollo de su cauce de invalidación, transcribe los considerandos en que, a su juicio, se configura el vicio que denuncia, los que hace consistir en que la sentenciadora de mérito habría subvertido las reglas de la lógica y las máximas de la experiencia en la declaración de hechos probados. Así, expresa que el

Fallo

fallo condena en costas al Fisco de Chile al haber sido totalmente vencido. En contra de la sentencia mencionada, la parte demandada dedujo recurso de nulidad, fundado –como capítulo principal— en el previsto en el artículo 478 letra b) del código del trabajo, es decir, cuando la sentencia haya sido pronunciada con infracción manifiesta de las normas sobre apreciación de la prueba conforme a las reglas de la sana crítica; como primera causal subsidiaria la prevista en el literal c) del referido artículo, por ser necesaria la alteración de la calificación jurídica de los hechos, sin modificar las conclusiones fácticas del tribunal inferior y como segunda causal subsidiaria, la contemplada en el artículo 477 del mismo cuerpo de leyes, por infracción de ley que hubiere influido sustancialmente en lo dispositivo del fallo. Respecto de las peticiones concretas, en todas las hipótesis intentadas solicita se invalide la sentencia recurrida y, acto seguido, se dicte la correspondiente sentencia de reemplazo, que rechace la denuncia en todas sus partes, con costas. El recurso de nulidad fue declarado admisible, procediéndose a su vista el día ocho de enero recién pasado. CONSIDERANDO: 1º) El demandado en la presente causa, intenta el cauce de anulación contemplado en el artículo 478 letra b) del código del trabajo, esto es, haberse pronunciado la sentencia con infracción manifiesta de las normas sobre apreciación probatoria conforme las reglas de la sana crítica, pero previo al desar

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C.A. Valdivia Valdivia, catorce de enero de dos mil veinticinco. VISTOS: En los autos RIT T-87-2023, RUC 23-4-0497184-0, del juzgado de letras del trabajo de Valdivia, por sentencia definitiva dictada con fecha veinte de agosto de dos mil veinticuatro, por la jueza destinada del referido tribunal Marianela Luna Neira, se acoge la acción de tutela laboral por vulneración de derechos fundamentales i

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