ANONIMIZADO
Rol
Fecha
16 de enero de 2025
Materia
DIVORCIO POR CULPA
Resultado
INADMISIBLE
Hechos
Vistos y teniendo presente: 1°. - Que conforme lo dispone el artículo 4° de la Ley Nº14.908, la resolución que decrete los alimentos provisorios y la que se pronuncie provisionalmente sobre la solicitud de aumento, rebaja o cese de una pensión alimenticia, será susceptible del recurso de reposición con apelación subsidiaria. Asimismo, según lo establece el artículo 67 N°1 de la Ley N°19.968, el recurso de reposición debe interponerse dentro de tercero día de notificada la resolución, mismo ...
Texto Completo (Preview)
C.A. de Santiago Santiago, dieciséis de enero de dos mil veinticinco. Al folio N°6: Por recibidos los antecedentes, por cumplido lo ordenado con fecha siete de enero del año en curso. Vistos y teniendo presente: 1°. - Que conforme lo dispone el artículo 4° de la Ley Nº14.908, la resolución que decrete los alimentos provisorios y la que se pronuncie provisionalmente sobre la solicitud de aumento, r
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