SIN INFORMACION

FRAEK / MUNICIPALIDAD DE SAN MIGUEL

Rol

Fecha

14 de enero de 2025

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

Vistos y teniendo presente: Primero: Que Sophia Fraek, ciudadana alemana, domiciliada en Ventura Blanco Viel N°1377, departamento 1708, comuna de San Miguel interpone recurso de protección en contra de la Dirección de Tránsito de la Municipalidad de San Miguel, con domicilio en Gran Avenida José Miguel Carrera N° 3418, comuna de San Miguel, por la denegación de agendar hora para el examen de conducir, exigiendo más requisitos que los establecidos por ley, acto que estima arbitrario e ilegalidad, lo que vulnera su derecho a ser tratada con igualdad ante la ley, consagrado en el artículo 19 número 2° de la Carta Fundamental. Refiere que el 4 de diciembre de 2024 acudió a la recurrida para agendar el examen de conducir, donde se le negó dicha gestión debido a la falta de validación de su certificado de estudios por parte del Ministerio de Educación de Chile. Afirma haber cursado 10 años de escolaridad en Alemania, lo que en Chile equivale a enseñanza media completa, detallando las distintas modalidades del sistema educativo alemán que acreditan su egreso de educación básica. Indica que según el artículo 13 del DFL 1, que regula la obtención de la licencia de conducir clase B, se exige únicamente ser egresado de enseñanza básica, sin especificar el mecanismo de acreditación. Sin embargo, la Municipalidad solicita la validación de estudios por parte del Ministerio de Educación, una exigencia que, según la recurrente, no se encuentra en la ley y que resulta arbitraria al imponer requisitos adicionales no contemplados en ésta. Argumenta que la validación por parte del Ministerio de Educación tiene fines exclusivamente educacionales, y no debería aplicarse en este contexto. Asimismo, señala que las disposiciones legales relativas a la acreditación de estudios están diseñadas principalmente para nacionales chilenos, ignorando las situaciones de extranjeros residentes. Destaca que la propia página web de la Dirección de Tránsito establece exigencias específicas para postul

Fallo

Por estas consideraciones, y de conformidad, además, con lo dispuesto en los artículos 19 y 20 de la Constitución Política de la República y en el Auto Acordado de esta Corte sobre la materia, se rechaza, sin costas, el recurso de protección interpuesto por Sophia Fraek en contra de la Dirección de Tránsito de la Municipalidad de San Miguel. Regístrese, comuníquese y archívese, en su oportunidad, si no se apelare. Nº 5692-2024 Protección

Texto Completo (Preview)

San Miguel, catorce de enero de dos mil veinticinco. Vistos y teniendo presente: Primero: Que Sophia Fraek, ciudadana alemana, domiciliada en Ventura Blanco Viel N°1377, departamento 1708, comuna de San Miguel interpone recurso de protección en contra de la Dirección de Tránsito de la Municipalidad de San Miguel, con domicilio en Gran Avenida José Miguel Carrera N° 3418, comuna de San Miguel, por

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