SIN INFORMACION

DANIEL BARRIENTOS SUAZO/COMISIÓN DE LIBERTAD CONDICIONAL SEGUNDO SEMESTRE DEL AÑO 2024

Rol

Fecha

14 de enero de 2025

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA/COMUNICAR.

Ver en fuente oficial

Hechos

Visto y teniendo presente: Primero: Que, el 10 de enero de 2025, folio 1, compareció FRANCISCO JAVIER VARGAS VILLALOBOS, Defensor Penal Público, cédula de identidad 16.558.785-5, domiciliado para estos efectos en calle Uno Poniente 1650, comuna de Talca, en favor de DANIEL ELIECER BARRIENTOS SUAZO, actualmente cumpliendo condena en el Centro de Cumplimiento Penitenciario de Talca y, conforme lo dispuesto por el artículo 21 de la Constitución Política de la República, vengo en ejercer la Acción Constitucional de Amparo en contra de Comisión de Libertad Condicional del segundo semestre del año 2024, presidida por el Ministro señor Moisés Muñoz Concha; por acto ilegal y arbitrario ejecutado el día que denegó la Libertad Condicional del amparado. Expone que el objeto de la acción es que se conceda en favor del amparado la debida protección a su derecho fundamental de la Libertad Personal y Seguridad Individual, resolviendo en definitiva, otorgar la libertad condicional inmediata. Respecto de los antecedentes disponibles al tiempo de su postulación, da cuenta que el amparado, actualmente cumple condena de cinco años y un día de presidio mayor en su grado mínimo por el delito de robo con violencia y la pena de 61 días por el delito de hurto simple. Agrega que, para el periodo de postulación correspondiente al segundo semestre de 2024, el amparado reunió los requisitos para obtener el derecho a postular a la Libertad Condicional toda vez que: 1. El tiempo mínimo para postular en su caso corresponde al día 13 de septiembre de 2024 2. Su conducta guarda carácter de intachable, con calificación muy buena respecto a lo menos 4 bimestres, en su caso, por el periodo comprendido entre los bimestres enero-febrero de 2023 a julio-agosto 2024. 3. Que, cuenta con informe psicosocial elaborado por Gendarmería de Chile el día 27 de agosto de 2024. 4. Que, mantiene fecha de término de condena para el día 3 de junio de 2026 Señala que el informe emanado por Gendarmería en relación c

Fundamentos

motivos por los cuales la resolución de la comisión resulta ilegal y arbitraria, por lo que, actualmente está siendo afectada en su Libertad Personal, toda vez que no puede ejercer su libertad ambulatoria correspondiente, aún cumpliendo con los requisitos para la Libertad Condicional, como también expone su seguridad individual, al permanecer en un Centro de Cumplimiento Penitenciario como lo es el Centro de Talca. Finalmente, concluye solicitando tener por interpuesta acción Constitucional de amparo correctivo en favor del amparado ya individualizado, en contra de la Comisión de Libertad Condicional, por haber ejercido acto arbitrario e ilegal, ya indicado, resolviendo, en definitiva, acoger la acción constitucional, otorgar y disponer la libertad de su representado. Segundo: Que el 13 de enero del presente, a folio 4, informó don MARCIAL TABORGA COLLAO, Juez destinado del Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Talca, por la Comisión de Libertad Condicional; e indica que efectivamente la Comisión que integra en sesión de 7 de octubre último, por unanimidad, denegó el beneficio de la libertad condicional al amparado y para resolver de ese modo se tuvo en consideración el texto expreso del artículo 2 N° 3 del Decreto Ley N° 321, en cuanto se debe: “Contar con un informe de postulación psicosocial elaborado por un equipo profesional del área técnica de Gendarmería de Chile, que permita orientar sobre los factores de riesgo de reincidencia, con el fin de conocer sus posibilidades para reinsertarse adecuadamente en la sociedad. Dicho informe será un antecedente calificado al momento de resolver la respectiva solicitud, y contendrá, además, los antecedentes sociales y las características de personalidad de la persona condenada, dando cuenta de la conciencia de la gravedad del delito, del mal que éste causa y de su rechazo explícito a tales delitos. Asimismo, deberá contener información sobre eventuales beneficios intrapenitenciarios que la persona postulante hubiese obtenido, especialmente si éstos hubiesen sido revocados y las razones para ello”. Refiere que, es del caso, que la resolución respecto de la cual se recurre, fue adoptada en virtud de estimarse por la Comisión, que el amparado no cumplía con los requisitos señalados en el D.L. 321 en cuanto a la suficiencia de sus avances en el proceso de intervención, por cuanto, conforme al Informe de Postulación Psicosocial remitido por Gendarmería de Chile, el amparado muestra un compromiso delictual medio y un riesgo de reincidencia alto. Posee necesidades criminógenas a intervenir en las áreas de Educación/Empleo, Utilización del tiempo Libre, Pares, Actitud/Orientación Procriminal y Patrón Antisocial y características personales con potencial criminógeno; como son deficiente resolución de conflicto/habilidades de autocontrol y escasas habilidades sociales. Se observa tendencia a favor del delito, en tanto reconoce la actividad delictiva como fuente de ingresos, su trayectoria vital denota desint

Fallo

Por estas consideraciones, visto además lo dispuesto en el artículo 21 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema, sobre tramitación y fallo del Recurso de Amparo SE RECHAZA el recurso de amparo interpuesto por el abogado don Francisco Javier Vargas Villalobos, en favor de DANIEL ELIECER BARRIENTOS SUAZO, en contra de la resolución dictada por la Comisión de Libertad Condicional el pasado 7 de octubre de 2024. Regístrese y archívese en su oportunidad. Comuníquese por la vía más expedita. Rol 26-2025/Amparo.

Texto Completo (Preview)

Talca, catorce de enero de dos mil veinticinco. Visto y teniendo presente: Primero: Que, el 10 de enero de 2025, folio 1, compareció FRANCISCO JAVIER VARGAS VILLALOBOS, Defensor Penal Público, cédula de identidad 16.558.785-5, domiciliado para estos efectos en calle Uno Poniente 1650, comuna de Talca, en favor de DANIEL ELIECER BARRIENTOS SUAZO, actualmente cumpliendo condena en el Centro de Cumpl

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