SIN INFORMACION

BRIAN CERON CERON/COMISIÓN DE LIBERTAD CONDICIONAL SEGUNDO SEMESTRE DEL AÑO 2024

Rol

Fecha

14 de enero de 2025

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA/COMUNICAR.

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Hechos

Visto y teniendo presente: Primero: Que, el 10 de enero de 2025, folio 1, compareció FRANCISCO JAVIER VARGAS VILLALOBOS, Defensor Penal Público, cédula de identidad 16.558.785-5, domiciliado para estos efectos en calle Uno Poniente 1650, comuna de Talca, en favor de BRIAN IGNACIO CERÓN CERÓN, actualmente cumpliendo condena en el Centro de Cumplimiento Penitenciario de Talca y, conforme lo dispuesto por el artículo 21 de la Constitución Política de la República, vengo en ejercer la Acción Constitucional de Amparo en contra de Comisión de Libertad Condicional del segundo semestre del año 2024, presidida por el Ministro señor Moisés Muñoz Concha; por acto ilegal y arbitrario ejecutado el día que denegó la Libertad Condicional del amparado. Expone que el objeto de la acción es que se conceda en favor del amparado la debida protección a su derecho fundamental de la Libertad Personal y Seguridad Individual, resolviendo en definitiva, otorgar la libertad condicional inmediata. Respecto de los antecedentes disponibles al tiempo de su postulación, da cuenta que el amparado, actualmente cumple tres condenas; de 540 días de presidio menor en su grado mínimo por el delito de lesiones menos graves, una condena de 150 días, de presidio menor en su grado mínimo por el delito de lesiones menos graves y la pena de 541 días de lesiones graves. Agrega que, para el periodo de postulación correspondiente al segundo semestre de 2024, el amparado reunió los requisitos para obtener el derecho a postular a la Libertad Condicional toda vez que: 1. El tiempo mínimo para postular en su caso corresponde al día 1 de abril de 2023 2. Su conducta guarda carácter de intachable, con calificación muy buena respecto a lo menos 6 bimestres, en su caso, por el periodo comprendido entre los bimestres septiembre - octubre de 2023 a septiembre - octubre 2024. 3. Que, cuenta con informe psicosocial elaborado por Gendarmería de Chile el día 4 de septiembre de 2024. Señala que el informe emanado por Gend

Fundamentos

considerando que se estima en la actualidad que presenta características de patrón antisocial, en base a los antecedentes. Se pesquisa en ambos procesos de valoración características personales con potencial criminógeno, entre las que se encuentra claros problemas de adherencia, deficiente resolución de conflictos, deficiente manejo de la ira, intimidante/controlador y escasas habilidades sociales. No evidencia discursivamente información que permita inferir el desistimiento a las conductas delictivas, atendiendo a que la tipología de delito en el que ha incurrido se presenta como un patrón conductual de enfrentamiento de situaciones complejas, asociadas principalmente al contexto intrafamiliar. Tiende a la racionalización de las conductas infractoras, argumentando que solo intentó defender a su hermana de las agresiones de la ex pareja de la misma. Luego da cuenta de las actividades de reinserción realizadas, y afirma que la ilegalidad y arbitrariedad del acto se constituye por la incorrecta aplicación de las normas relativas a este modo particular de cumplimiento penal, al analizar el proceso de desarrollo de reinserción social. Transcribe los pasajes del informe referente a las expectativas del postulante, sugerencias de programa o actividades para medio libre y/o acciones durante el cumplimiento y análisis global del proceso de reinserción del postulante, motivos por los cuales la resolución de la comisión resulta ilegal y arbitraria, por lo que, actualmente está siendo afectada en su Libertad Personal, toda vez que no puede ejercer su libertad ambulatoria correspondiente, aún cumpliendo con los requisitos para la Libertad Condicional, como también expone su seguridad individual, al permanecer en un Centro de Cumplimiento Penitenciario como lo es el Centro de Talca. Finalmente, concluye solicitando tener por interpuesta acción Constitucional de amparo correctivo en favor del amparado ya individualizado, en contra de la Comisión de Libertad Condicional, por haber ejercido acto arbitrario e ilegal, ya indicado, resolviendo, en definitiva, acoger la acción constitucional, otorgar y disponer la libertad de su representado. Segundo: Que el 13 de enero del presente, a folio 4, informó don MARCIAL TABORGA COLLAO, Juez destinado del Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Talca, por la Comisión de Libertad Condicional; e indica que efectivamente la Comisión que integra en sesión de 7 de octubre último, por unanimidad, denegó el beneficio de la libertad condicional al amparado y para resolver de ese modo se tuvo en consideración el texto expreso del artículo 2 N° 3 del Decreto Ley N° 321, en cuanto se debe: “Contar con un informe de postulación psicosocial elaborado por un equipo profesional del área técnica de Gendarmería de Chile, que permita orientar sobre los factores de riesgo de reincidencia, con el fin de conocer sus posibilidades para reinsertarse adecuadamente en la sociedad. Dicho informe será un antecedente calificado al momento de res

Fallo

Por estas consideraciones, visto además lo dispuesto en el artículo 21 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema, sobre tramitación y fallo del Recurso de Amparo SE RECHAZA el recurso de amparo interpuesto por el abogado don Francisco Javier Vargas Villalobos, en favor de BRIAN IGNACIO CERÓN CERÓN, en contra de la resolución dictada por la Comisión de Libertad Condicional el pasado 7 de octubre de 2024. Regístrese y archívese en su oportunidad. Comuníquese por la vía más expedita. Rol 22-2025/Amparo.

Texto Completo (Preview)

Talca, catorce de enero de dos mil veinticinco. Visto y teniendo presente: Primero: Que, el 10 de enero de 2025, folio 1, compareció FRANCISCO JAVIER VARGAS VILLALOBOS, Defensor Penal Público, cédula de identidad 16.558.785-5, domiciliado para estos efectos en calle Uno Poniente 1650, comuna de Talca, en favor de BRIAN IGNACIO CERÓN CERÓN, actualmente cumpliendo condena en el Centro de Cumplimient

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