SIN INFORMACION

DANIELA SALOME OLIVARES COLLIO/ISAPRE BANMEDICA S.A.

Rol

Fecha

13 de enero de 2025

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RESUELVE REPO/INCOMPETENCIA

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Hechos

Visto: Atendido el mérito de los antecedentes aportados por el recurrido, se hace lugar a la reposición solicitada y, en consecuencia, en mérito de los argumentos esgrimidos por Isapre Banmédica S.A., se reconsidera la multa decretada por resolución de 03 de enero del año en curso, y en consecuencia se deja sin efecto. Al otrosí: Estese a lo que se resolverá. Visto: Apareciendo de los antecedentes contractuales con los que ahora se cuenta, y desprendiéndose de ellos que el recurrente mantiene domicilio en la comuna de San Miguel, se declara que este tribunal no es competente para conocer la presente acción, sino que lo es la Ilustrísima Corte de Apelaciones de San Miguel, a la que deberán remitirse estos antecedentes. Tómese nota en los libros pertinentes. Sirva la presente resolución de suficiente oficio remisor. N°Protección-21232-2024.

Fallo

se declara que este tribunal no es competente para conocer la presente acción, sino que lo es la Ilustrísima Corte de Apelaciones de San Miguel, a la que deberán remitirse estos antecedentes. Tómese nota en los libros pertinentes. Sirva la presente resolución de suficiente oficio remisor. N°Protección-21232-2024.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Concepción NGA/ams Concepción, trece de enero de dos mil veinticinco. Al escrito folio 15: A lo principal: Visto: Atendido el mérito de los antecedentes aportados por el recurrido, se hace lugar a la reposición solicitada y, en consecuencia, en mérito de los argumentos esgrimidos por Isapre Banmédica S.A., se reconsidera la multa decretada por resolución de 03 de enero del año en curso, y

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