SIN INFORMACION

MANDUJANO RABELO CHRISTIAN LEANDRO / DIRECCION REGIONAL METROPOLITANA DE GENDARMERIA DE CHILE

Rol

Fecha

13 de enero de 2025

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

Vistos y teniendo presente: Primero: Que Fernanda Mandujano Aranda comparece en favor y por Christian Leandro Mandujano Rabelo, e interpone recurso de amparo en contra de Gendarmería De Chile por el traslado del condenado a la ciudad de Arica, pues corre peligro su vida y tiene toda su familia en Santiago. Segundo: Que Néstor Ricardo Rojas Pardo, abogado, en representación de la Dirección Regional Metropolitana de Gendarmería de Chile, informa que el traslado del interno Cristian Leandro Mandujano Rabelo al Centro Penitenciario de Arica se realizó en virtud de la Resolución Exenta D.N. N° 7822/2024, autorizada el 21 de noviembre de 2024. Dicho traslado respondió a reiteradas faltas del interno al régimen interno del penal, manifestadas principalmente en comportamientos violentos como riñas, según consta en el Informe Técnico N° 602 del Centro Penitenciario del Biobío, de fecha 15 de noviembre de 2024. Además, se señala que la medida fue adoptada para resguardar el orden, la seguridad del recinto y la integridad de las personas en conformidad con las facultades otorgadas al Director Nacional de Gendarmería por el artículo 28 del Decreto Supremo N° 518. Tercero: Que la acción constitucional de amparo interpuesta procede, conforme lo señala el artículo 21 de la Constitución Política de la República, a favor de quien se encuentra arrestado, detenido o preso, o que sufra cualquier otra privación, perturbación o amenaza en su derecho a la libertad personal o seguridad individual, con infracción de las normas constitucionales o de las leyes, a fin de que la magistratura ordene se guarden las formalidades legales y adopte de inmediato las providencias que juzgue necesarias para restablecer el imperio del derecho y asegurar la debida protección del afectado. Cuarto: Que, el objeto de la presente acción constitucional es el traslado del amparado desde el Complejo Penitenciario Biobío a la unidad ubicada en la ciudad de Arica, por riesgos a su seguridad personal e indicand

Fallo

por lo expuesto, no se advierten elementos que permitan concluir que la decisión adoptada por Gendarmería de Chile sea ilegal o arbitraria, pues esta se fundamenta en hechos concretos y cumple con los principios establecidos en la normativa aplicable. En consecuencia, no corresponde acoger el presente recurso de amparo. Por estas consideraciones y lo dispuesto en el artículo 21 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre Tramitación y Fallo del Recurso de Amparo, se rechaza el recurso de amparo deducido en favor del condenado Christian Leandro Mandujano Rabelo y en contra de Gendarmería de Chile. Regístrese, comuníquese y archívese en su oportunidad. N°Amparo-3982-2024.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Santiago Santiago, trece de enero de dos mil veinticinco. Vistos y teniendo presente: Primero: Que Fernanda Mandujano Aranda comparece en favor y por Christian Leandro Mandujano Rabelo, e interpone recurso de amparo en contra de Gendarmería De Chile por el traslado del condenado a la ciudad de Arica, pues corre peligro su vida y tiene toda su familia en Santiago. Segundo: Que Néstor Rica

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