ANONIMIZADO
Rol
Fecha
13 de enero de 2025
Materia
ALIMENTOS
Resultado
REVOCADA
Hechos
Vistos: Se reproduce la resolución apelada, previa eliminación del
Fundamentos
considerando cuarto. Y teniendo en su lugar y, además, presente: 1° Que, en el caso de autos la materia de que se trata versa respecto de los alimentos adeudados a Milán cuya fecha de nacimiento es el NUM000 de 2000. 2° Que el artículo 19 bis de la Ley N° 14.908 dispone: “El plazo de prescripción para las acciones ejecutivas de cobro por deudas de pensión alimenticia será...
Texto Completo (Preview)
Dejo constancia que se anunció y alegó revocando el abogado don Felipe Leiva Morales. En San Miguel, a 13 de enero de 2025, Carolina Cordero Jara, relatora. San Miguel, a trece de enero de dos mil veinticinco A los escritos folios N°s 8 y 9: téngase presente. Vistos: Se reproduce la resolución apelada, previa eliminación del considerando cuarto. Y teniendo en su lugar y, además, presente: 1° Que,
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