SIN INFORMACION

PINO/SERVICIO DE EVALUACIÓN AMBIENTAL DIRECCION EJECUTIVA (A LA VISTA I.C. N° 4489-2024)

Rol

Fecha

13 de enero de 2025

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

ACOGIDA

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Hechos

Vistos y

Fundamentos

considerando: Primero: Comparece Mario Pino Contreras, abogado, por el solicitante en los autos caratulados "Jiménez con Servicio", en causa RIT T-3135-2024 del Primer Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago, quien interpone falso recurso de hecho en contra de la resolución de 18 de diciembre de 2024, dictada por la juez Susana del Pilar Verdugo Pérez, que concedió en el solo efecto devolutivo la apelación que dedujo su contraparte en contra de la resolución de 9 de diciembre pasado que rechazó la reposición en contra de aquella que concedió la medida prejudicial probatoria de exhibición de documentos de 14 de noviembre de 2024. El recurrente sostiene que, conforme al artículo 476 del Código del Trabajo, la apelación solo procede respecto de las sentencias interlocutorias que pongan término al juicio o hagan imposible su continuación, las que se pronuncien sobre medidas cautelares y las que fijen el monto de las liquidaciones o reliquidaciones de beneficios de seguridad social. En este sentido, señala que respecto de la resolución que se acogió la medida prejudicial probatoria, procedería el recurso de apelación, empero solo se interpuso un recurso de reposición y no un recurso de apelación directo, ni uno subsidio, impetrándose la apelación solo respecto de la resolución que rechazó la reposición, no encontrándose aquella en las hipótesis que contempla la ley. Finalmente, solicita que se acoja el falso recurso de hecho y se rechace la concesión del recurso de apelación concedido. Segundo: Que, del examen del expediente electrónico RIT T-3135-2024 del Primer Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago, se puede constatar que la parte solicitada Servicio de Evaluación Ambiental presentó un recurso de reposición en contra de la resolución de fecha 14 de noviembre pasado que accedió a la medida prejudicial probatoria solicitada por la recurrente de autos. Dicho recurso, previo traslado a la solicitante, fue rechazado con fecha 9 de diciembre de 2024, sobre la cual la solicitada recurrió de apelación, el cual fue concedido por el tribunal el 18 de diciembre pasado. Tercero: Que, sobre el particular, corresponde citar el artículo 476 del Código del Trabajo, el cual dispone que “sólo serán susceptibles de apelación las sentencias interlocutorias que pongan término al juicio o hagan imposible su continuación, las que se pronuncien sobre medidas cautelares y las que fijen el monto de las liquidaciones o reliquidaciones de beneficios de seguridad social. Tratándose de medidas cautelares, la apelación de la resolución que la otorgue o que rechace su alzamiento, se concederá en el solo efecto devolutivo. De la misma manera se concederá la apelación de las resoluciones que fijen las liquidaciones o reliquidaciones de beneficios de seguridad social.” Cuarto: Que, en el escenario descrito y ante la existencia de una norma positiva en plena vigencia y aplicable al caso, que no contempla el recurso de apelación en una hipótesis como la del caso de autos,

Fallo

Por estas consideraciones, teniendo presente lo dispuesto en el artículo 476 del Código del Trabajo, y artículos 203 y 205 del Código de Procedimiento Civil, se acoge el falso recurso de hecho deducido por el abogado Mario Pino Contreras en contra de la resolución de dieciocho de diciembre de dos mil veinticinco, pronunciada por el Primer Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago en causa RIT T-3135-2024, y se declara que el recurso de apelación interpuesto por la parte solicitada Servicio de Evaluación Ambiental por medio de su presentación de trece de diciembre pasado es inadmisible. Déjese copia de lo obrado en estos autos en la causa Rol Corte N° Laboral- Cobranza-4489-2024. N° Laboral - Cobranza-4474-2024.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Santiago Santiago, trece de enero de dos mil veinticinco. A los folios 3, 5 y 6: A todo, estese al mérito de lo resuelto al folio 4. Vistos y considerando: Primero: Comparece Mario Pino Contreras, abogado, por el solicitante en los autos caratulados "Jiménez con Servicio", en causa RIT T-3135-2024 del Primer Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago, quien interpone falso recurso de hecho

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