ANONIMIZADO
Rol
Fecha
13 de enero de 2025
Materia
OTROS PROCEDIMIENTOS MENORES
Resultado
REVOCADA
Hechos
Vistos: 1. Que en cuanto a la alegación efectuada en estrados por parte de la recurrida, en el sentido que el presente recurso fue deducido sin patrocinio de abogado, debe considerarse que la obligación de comparecencia en juicio debidamente representadas las partes por sus respectivos abogados, según lo exige el artículo 18 de la ley 19.968, tiene una excepción en el inciso 5° del señalado artículo, que excluye dicha obligación tratándose de los procedimientos proteccionales, como es el presente, lo que conduce a desestimar esta alegación. 2. Que en cuanto al fondo, la potestad cautelar del artículo 68 de la Ley 19.968, permite al...
Texto Completo (Preview)
C.A. de Rancagua Rancagua, trece de enero de dos mil veinticinco. Vistos: 1. Que en cuanto a la alegación efectuada en estrados por parte de la recurrida, en el sentido que el presente recurso fue deducido sin patrocinio de abogado, debe considerarse que la obligación de comparecencia en juicio debidamente representadas las partes por sus respectivos abogados, según lo exige el artículo 18 de la l
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