JUZGADO DE FAMILIA MELIPILLA

ANONIMIZADO

Rol

Fecha

13 de enero de 2025

Materia

OTROS PROCEDIMIENTOS MENORES

Resultado

OMITE PRONUNCIAMIENTO

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Hechos

Vistos: Atendido el mérito de los antecedentes, de los que consta que la medida cautelar que se impugna se decretó hasta el pasado siete de enero de dos mil veinticinco, es necesario concluir que el recurso de apelación ha perdido oportunidad lo que hace inconducente que esta Corte adopte alguna decisión respecto a lo solicitado. Por lo antes señalado y lo dispuesto en el artículo 67 de la Ley 19.968, se omite pronunciamiento respecto del recurso de apelación interpuesto en contra de la resolución de cinco de noviembre de dos mil veinticuatro, dictada en causa RIT P-1432-2024, por el Juzgado de Familia de Melipilla. Devuélvase. Nº 1620-2024 Familia. Por lo antes...

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San Miguel, trece de enero de dos mil veinticinco. Vistos: Atendido el mérito de los antecedentes, de los que consta que la medida cautelar que se impugna se decretó hasta el pasado siete de enero de dos mil veinticinco, es necesario concluir que el recurso de apelación ha perdido oportunidad lo que hace inconducente que esta Corte adopte alguna decisión respecto a lo solicitado. Por lo antes seña

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