IMPUTADO: WALDO HERNAN BELTRAN JOFRE
Rol
Fecha
13 de enero de 2025
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
REVOCADA
Hechos
VISTO: Se reproduce el fallo en alzada con excepción del
Fundamentos
considerando décimo séptimo, que se elimina. Y SE TIENE EN SU LUGAR Y ADEMÁS PRESENTE: 1°.- El sentenciado Waldo Beltrán Jofre, fue previamente condenado por delito de la misma especie con fecha veinticinco de octubre de dos mil dieciocho, esto es, sólo 4 meses antes de la comisión de los hechos de que trata esta causa, de modo que, es posible inferir que la pena sustitutiva solicitada por la defensa no lo disuadirá de cometer nuevos ilícitos de ese tipo, pues resulta patente que la remisión condicional otorgada en la causa anterior no lo hizo. 2°.- En consecuencia no se cumple en la especie con el requisito de la letra c) del artículo 8° de la Ley 18.216, correspondiendo acceder a lo solicitado por el Ministerio Público en su apelación. Por lo razonado y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 37 de la Ley 18.216, se revoca, la sentencia definitiva de veintiocho de agosto de dos mil veinticuatro, dictada por el Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Los Ángeles, en la causa Rit 46-2024, en su parte apelada, y en su lugar,
Fallo
fallo en alzada con excepción del considerando décimo séptimo, que se elimina. Y SE TIENE EN SU LUGAR Y ADEMÁS PRESENTE: 1°.- El sentenciado Waldo Beltrán Jofre, fue previamente condenado por delito de la misma especie con fecha veinticinco de octubre de dos mil dieciocho, esto es, sólo 4 meses antes de la comisión de los hechos de que trata esta causa, de modo que, es posible inferir que la pena sustitutiva solicitada por la defensa no lo disuadirá de cometer nuevos ilícitos de ese tipo, pues resulta patente que la remisión condicional otorgada en la causa anterior no lo hizo. 2°.- En consecuencia no se cumple en la especie con el requisito de la letra c) del artículo 8° de la Ley 18.216, correspondiendo acceder a lo solicitado por el Ministerio Público en su apelación. Por lo razonado y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 37 de la Ley 18.216, se revoca, la sentencia definitiva de veintiocho de agosto de dos mil veinticuatro, dictada por el Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Los Ángeles, en la causa Rit 46-2024, en su parte apelada, y en su lugar, se decide que se rechaza la petición de la defensa en el sentido de sustituir la pena privativa de libertad impuesta, por la reclusión parcial nocturna domiciliaria, debiendo el sentenciado cumplir efectivamente dicha pena, con los descuentos que corresponda. Regístrese y devuélvase. Redacción de la Ministra señora Vivian Toloza Fernández. N°Penal-2136-2024.
Texto Completo (Preview)
CQF/ari C.A. de Concepción. Concepción, trece de enero de dos mil veinticinco. VISTO: Se reproduce el fallo en alzada con excepción del considerando décimo séptimo, que se elimina. Y SE TIENE EN SU LUGAR Y ADEMÁS PRESENTE: 1°.- El sentenciado Waldo Beltrán Jofre, fue previamente condenado por delito de la misma especie con fecha veinticinco de octubre de dos mil dieciocho, esto es, sólo 4 meses
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