SIN INFORMACION

WILSON LAPOINTE JEAN /SERVICIO NACIONAL DE MIGRACIÓN

Rol

Fecha

13 de enero de 2025

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

ACOGIDA

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Hechos

Vistos: A folio 1, se interpone recurso de amparo en favor de Jean Wilson Lapointe, de nacionalidad haitiana, en contra del Servicio Nacional de Migraciones, por la dictación de Resolución Exenta N° 24599589, de 27 de diciembre de 2024, que rechazó su solicitud de residencia definitiva y dispuso su abandono del país en un plazo de diez días, lo que estima conculca su libertad ambulatoria. En cuanto a los hechos, indica que cumpliendo los requisitos legales solicitó la residencia definitiva, la que fue rechazada por la resolución que por esta vía se impugna fundado en que no cumplió con pagar la sanción impuesta por residencia irregular. Alega que el mismo día que fue notificado de encontrarse en causal previo rechazo, intentó realizar el pago de la multa, pero no fue posible porque no se encontraba habilitada la plataforma electrónica al efecto. Argumenta que la orden de abandono resulta desproporcionada, si se considera que cuenta con arraigo laboral y familiar, dado que su esposa se encuentra actualmente embarazada. Agrega que no registra antecedentes penales ni en su país de origen, ni en Chile. Solicita, que se deje sin efecto la resolución recurrida, y en consecuencia la orden de abandono, disponiendo que la recurrida debe habilitar la plataforma para realizar el pago de la sanción aplicada. A folio 6, se evacúa informe por el Servicio Nacional de Migraciones, solicitando el rechazo del recurso. Indica que, con fecha 06 de septiembre de 2022, el recurrente solicitó la residencia definitiva, habiendo vencido su residencia anterior el 28 de abril de 2022, por lo que postuló encontrándose irregular en el país. Señala que el 05 de agosto de 2024, mediante comunicación electrónica que acompaña, le informaron que se encontraba en causal previo rechazo y le otorgaron 10 días para subsanar, en particular, le requirieron el pago de la multa por residencia irregular. Señala que transcurrido el plazo, no subsanó lo requerido, por lo que se dicta la Resolución Exenta

Fundamentos

considerando: Primero: Que, por la presente vía cautelar, se solicita que se deje sin efecto la Resolución Exenta N° 24599589, de 27 de diciembre de 2024, que rechazó la solicitud de residencia definitiva del recurrente y dispuso su abandono del país en un plazo de diez días, fundado en no haber pagado la sanción impuesta por residencia irregular. Segundo: Que, para resolver este arbitrio, se debe tener presente que el recurrente cuenta con arraigo laboral en el país desde al menos el año 2023, según consta en certificación de contrato de trabajo indefinido acompañado en autos, y registra cotizaciones previsionales y de salud desde enero de 2024 de forma continua. Tercero: Que, en consecuencia, el rechazo de la residencia solicitada y la orden de abandono impuesta resulta desproporcionada, considerando los antecedentes de arraigo expuestos; todo lo cual amenaza la libertad personal del amparado toda vez que, de no cumplir voluntariamente con el abandono impuesto, permite a la autoridad migratoria disponer su expulsión del país, de acuerdo al artículo 127 numeral 3° de la Ley 21.325, motivos por los cuales se acogerá este arbitrio como se dirá en lo resolutivo. Asimismo, de conformidad al artículo 50 inciso final del Reglamento de la Ley N° 21.325, la circunstancia de que un extranjero mantenga una orden de abandono vigente constituye una causal de inadmisibilidad de otras solicitudes de residencia, lo que impide que pueda regular su situación migratoria a través de una nueva presentación.

Fallo

Por estas consideraciones y lo dispuesto en el artículo 21 de la Constitución Política de la República y en el Auto Acordado de la Excelentísima Corte Suprema sobre la materia, se acoge, sin costas, el recurso de amparo en favor de Jean Wilson Lapointe y, en consecuencia, se deja sin efecto la Resolución Exenta N° 24599589, de 27 de diciembre de 2024, dictada por el Servicio Nacional de Migraciones, debiendo la autoridad recurrida otorgar al recurrente un plazo no inferior a treinta días hábiles, para pagar la multa impuesta, habilitando la plataforma electrónica el efecto, transcurrido el cual deberá resolver su presentación como en derecho corresponda. Regístrese, comuníquese por la vía más expedita y, en su oportunidad, archívese. N°Amparo-37-2025.

Texto Completo (Preview)

I.C.A. de Valparaíso Valparaíso, trece de enero de dos mil veinticinco. Vistos: A folio 1, se interpone recurso de amparo en favor de Jean Wilson Lapointe, de nacionalidad haitiana, en contra del Servicio Nacional de Migraciones, por la dictación de Resolución Exenta N° 24599589, de 27 de diciembre de 2024, que rechazó su solicitud de residencia definitiva y dispuso su abandono del país en un pla

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