C/ BERNARDO JAVIER GENERAL BUSTOS
Rol
Fecha
13 de enero de 2025
Materia
AMENAZAS CONDIC.C/PERSONAS Y PROPIEDADES ART.296 1Y2,ART.297
Resultado
REVOCADA
Fallo
se declara que se la deja sin efecto y se imponen a su respecto las medidas cautelares contempladas en las letras a) y g) del artículo 155 del mismo cuerpo legal, esto es, arresto domiciliario nocturno en el domicilio ofrecido en audiencia, y la prohibición de acercarse a la víctima, a su domicilio o a su lugar de trabajo, debiendo el Tribunal a quo disponer lo pertinente para hacer cumplir lo ordenado. Acordada con el voto en contra de la ministra señora Ma. Carolina Catepillán, quien estuvo por confirmar la resolución en alzada atendido que el domicilio que ofrece la defensa, se encuentra en la misma comuna en que se encuentra el domicilio de la víctima y la circunstancia de haber incumplido la medida cautelar que consistía precisamente en la prohibición de acercarse a ella. Comuníquese y devuélvase vía interconexión. N°79-2025 Penal
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San Miguel, trece de enero de dos mil veinticinco Sala: Quinta Sala Rol: 79-2025 Penal Ruc: 2500014042-5 RIT: 68-2025 Tribunal: 11° Juzgado de Garantía de Santiago Relator: Natalia Arancibia Sepúlveda Fiscal: Yélica Lusic Nadal Defensa: César Contreras González Imputado: Bernardo Javier General Bustos Tipo de recurso: apelación cautelar Escritos resueltos en audiencia: (Folios 3 y 4) San Miguel, t
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