3º JUZGADO DE LETRAS DE COPIAPO

ARAUCO INGENIERIA LTDA. / DIRECCIÓN GENERAL DE AGUAS

Rol

Fecha

10 de enero de 2025

Materia

PERJUICIOS, INDEMNIZACIÓN DE

Resultado

CONFIRMADA

Ver en fuente oficial

Hechos

VISTOS: Se reproduce la sentencia en alzada y se tiene además presente: En causa rol C-703-2020 del Tercer Juzgado de Letras de Copiapó, el abogado del Consejo de Defensa del Estado, don Adolfo Rivera Galleguillos, por la parte demandada, dedujo recurso apelación en contra de la sentencia definitiva dictada con fecha nueve de diciembre de 2023 por doña Alejandra Orellana, Jueza Titular, solicitando se revoque y se rechace la demanda de indemnización de perjuicios en todas sus partes, con costas. En subsidio, solicita se confirme con declaración que la suma a indemnizar por el Fisco a la demandante Arauco S.A asciende a $ 42.706.690 o a la suma que se determine. Asimismo, la abogada de la demandante, doña Paulina Toro Grant, en representación de Arauco S.A, interpuso recurso de apelación en contra del referido fallo y solicitó condenar al Fisco de Chile a pagar las indemnizaciones, en la forma y montos, indicados en su recurso, y que no fueron acogidas por el tribunal a quo, con costas. La sentencia definitiva recurrida por las partes, resuelve: “I.- Que se rechaza la tacha deducida por la demandada a folio 191, al testigo de la demandante don Jorge Eduardo Erazo Vidal, quien es hábil para declarar. II.- Que se rechaza la tacha deducida por la demandante a folio 141, al testigo de la demandada don Claudio Patricio Arancibia Pérez, quien es hábil para declarar. III.- Que se acoge parcialmente la demanda de indemnización de perjuicios por incumplimiento contractual, interpuesta por el abogado don Miguel Aylwin Oyarzún, en representación de Arauco S.A., en contra del Ministerio de Obras Públicas – Fisco de Chile, representado por el Consejo de Defensa del Estado, solo en cuanto se condena al Fisco de Chile, a pagar a la actora la cantidad de Seiscientos sesenta y ocho millones cincuenta y cuatro mil seiscientos sesenta y seis pesos ($668.054.666). IV.- Que las sumas antes indicadas deberán pagarse reajustadas acorde a la variación que experimente el Índice de Preci

Fundamentos

CONSIDERANDO En cuanto al recurso de apelación interpuesto por el abogado don Adolfo Rivera Galleguillos, en representación del demandado Fisco de Chile. PRIMERO: Que el demandado en su recurso de apelación señala haber sido condenado a pagar la suma de $ 668.054.666, más reajuste conforme a la variación del Índice de Precios al Consumidor desde la fecha del

Fallo

fallo y solicitó condenar al Fisco de Chile a pagar las indemnizaciones, en la forma y montos, indicados en su recurso, y que no fueron acogidas por el tribunal a quo, con costas. La sentencia definitiva recurrida por las partes, resuelve: “I.- Que se rechaza la tacha deducida por la demandada a folio 191, al testigo de la demandante don Jorge Eduardo Erazo Vidal, quien es hábil para declarar. II.- Que se rechaza la tacha deducida por la demandante a folio 141, al testigo de la demandada don Claudio Patricio Arancibia Pérez, quien es hábil para declarar. III.- Que se acoge parcialmente la demanda de indemnización de perjuicios por incumplimiento contractual, interpuesta por el abogado don Miguel Aylwin Oyarzún, en representación de Arauco S.A., en contra del Ministerio de Obras Públicas – Fisco de Chile, representado por el Consejo de Defensa del Estado, solo en cuanto se condena al Fisco de Chile, a pagar a la actora la cantidad de Seiscientos sesenta y ocho millones cincuenta y cuatro mil seiscientos sesenta y seis pesos ($668.054.666). IV.- Que las sumas antes indicadas deberán pagarse reajustadas acorde a la variación que experimente el Índice de Precios al Consumidor a partir de la fecha de esta sentencia y hasta el efectivo pago, y devengará intereses corrientes a partir de la fecha en que la sentencia se encuentre ejecutoriada y hasta el pago de las sumas referidas. V.- Que cada parte deberá asumir el pago de sus costas, por no haber resultado ninguna de ellas tot

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C.A. de Copiapó Copiapó, diez de enero de dos mil veinticinco. VISTOS: Se reproduce la sentencia en alzada y se tiene además presente: En causa rol C-703-2020 del Tercer Juzgado de Letras de Copiapó, el abogado del Consejo de Defensa del Estado, don Adolfo Rivera Galleguillos, por la parte demandada, dedujo recurso apelación en contra de la sentencia definitiva dictada con fecha nueve de diciembr

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