PIERRE JOSEPH/SERVICIO NACIONAL DE MIGRACIONES
Rol
Fecha
10 de enero de 2025
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
ACOGIDA
Hechos
Visto: A folio 1, se interpone recurso de amparo en favor de Joseph Pierre, de nacionalidad haitiana, en contra del Servicio Nacional de Migraciones, por la dictación de la Resolución Exenta N° 24565065 de 10 de diciembre de 2024, que rechazó su solicitud de residencia definitiva, dispuso su abandono del país y prohibición de ingreso al país por 5 años, lo que estima conculca su garantía de libertad ambulatoria. En cuanto a los hechos, indica que ingresó a Chile por paso habilitado buscando mejorar su vida y que por dicha razón solicitó ante el Servicio recurrido su residencia definitiva, la que fue denegada por la resolución exenta mencionada fundado en no remitir el certificado de antecedentes penales debidamente legalizado y/o apostillado actualizado, lo que estima injusto por cuanto no ha salido del país, debiendo tenerse en consideración su certificado de antecedentes ya entregado en su oportunidad a la autoridad administrativa y al ser notificado por parte de la autoridad recurrida, sus familiares en su país de origen no pudieron obtener el documento solicitado atendido a la grave crisis política que sufre dicho país. Solicita que se considere su arraigo familiar en el país, compuesto por su esposa e hija menor de edad y su arraigo laboral al llevar más de 7 años viviendo en el país, se encuentra trabajando y registra cotizaciones de AFP y salud, en definitiva, que se deje sin efecto la Resolución recurrida y la consecuente orden de abandono del país. Pide en definitiva que se deje sin efecto la Resolución Exenta 24565065 de fecha 10 de diciembre de 2024 y se disponga al Servicio, sustituir la medida de abandono por una autorización de residencia temporal,
Fundamentos
considerando el certificado de antecedentes penales chileno o el de su país de origen presentado en su actualidad. A folio 6, se evacúa informe por el Servicio Nacional de Migraciones, solicitando el rechazo del recurso. Indica que el 24 de abril de 2021 el recurrente ingresó su solicitud de Residencia Definitiva y que posteriormente, mediante notificación electrónica de 14 de noviembre de 2024, se le comunicaron las razones que sirven de fundamento al rechazo de su solicitud, otorgándole un plazo de 10 días para presentar antecedentes respecto de las mismas (certificado de antecedentes penales de su país de origen actualizado) Agrega que, cumplido el plazo de 10 días hábiles otorgado, no fue posible desvirtuar los motivos invocados por la autoridad, por lo que mediante Resolución Exenta N° 4565065 de 10 de diciembre de 2024 rechazó la solicitud de residencia definitiva del amparado, dispuso su abandono del país en el plazo de 10 días contados desde su notificación y prohibición de ingreso al país por 5 años. En cuanto a la orden de abandono, indica que de conformidad al artículo 91 de la Ley 21.325, toda vez que se rechace o revoque un permiso de residencia la autoridad migratoria está obligada a disponer el abandono del país del extranjero. Se ordenó traer los autos en relación. Con lo relacionado y considerando: Primero: Que, por la presente vía cautelar, se solicita que se deje sin efecto la Resolución Exenta N° 24565065, de 10 de diciembre de 2024, que rechazó la solicitud de residencia definitiva del actor, dispuso su abandono del país en un plazo de diez días y prohibición de ingreso del país por 5 años, fundado en no haber cumplido con remitir el certificado de antecedentes penales de su país de origen legalizado, actualizado. Segundo: Que, por su parte, la recurrente alegó una desproporción de la sanción aplicada, por cuanto mantiene arraigo familiar y laboral en el país, siendo padre de un niño menor de edad y cuenta también con contrato de trabajo vigente, cotizaciones de salud y AFP, por lo que la decisión de la autoridad de disponer su abandono afecta dichas circunstancias. Tercero: Que, en este sentido, es importante recordar que el artículo 3, inciso 1° de la Ley N° 21.325 dispone que “El Estado deberá proteger y respetar los derechos humanos de las personas extranjeras que se encuentren en Chile, sin importar su condición migratoria”, agregando su inciso 3°, que “A todo extranjero que solicite el ingreso o un permiso de residencia en el país se asegurará la aplicación de un procedimiento racional y justo para la aprobación o rechazo de su solicitud, el que se efectuará bajo criterios de admisión no discriminatoria”. Agrega el artículo 7 de la misma Ley que “El Estado promoverá que los extranjeros cuenten con las autorizaciones y permisos de residencia o permanencia necesarios para su estadía en el país, y para el desarrollo de sus actividades y el ejercicio de sus derechos, de conformidad con la Constitución Política de la
Fallo
Por estas consideraciones y lo dispuesto en el artículo 21 de la Constitución Política de la República y en el Auto Acordado de la Excelentísima Corte Suprema sobre la materia, se acoge, el recurso de amparo en favor de Joseph Pierre, en cuanto se deja sin efecto la Resolución Exenta N°24565065 de 10 de diciembre de 2024, dictada por el Servicio Nacional de Migraciones, debiendo la autoridad recurrida continuar con la tramitación de la solicitud, considerando para ello el certificado de antecedentes penales del país de origen del amparado entregado en su oportunidad y dictar la resolución pertinente conforme a derecho . Acordada con el voto en contra del Ministro señor Pablo Droppelmann Cuneo, quien fue de la opinión de rechazar el presente arbitrio, teniendo presente que no existe ilegalidad en el actuar del Servicio recurrido, ya que se fundó en una causal contemplada en la ley y previo apercibimiento al amparado, sin que acompañara dentro del procedimiento administrativo regulado para tal fin, ni durante la tramitación de estos autos, el documento solicitado. Regístrese, notifíquese, comuníquese por la vía más expedita y en su oportunidad, archívese. N°Amparo-26-2025.
Texto Completo (Preview)
Llg C.A. de Valparaíso. Valparaíso, diez de enero de dos mil veinticinco. Visto: A folio 1, se interpone recurso de amparo en favor de Joseph Pierre, de nacionalidad haitiana, en contra del Servicio Nacional de Migraciones, por la dictación de la Resolución Exenta N° 24565065 de 10 de diciembre de 2024, que rechazó su solicitud de residencia definitiva, dispuso su abandono del país y prohibición
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica