SIN INFORMACION

CADET CLAUDIA/SERVICIO NACIONAL DE MIGRACIÓN

Rol

Fecha

10 de enero de 2025

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

ACOGIDA

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Hechos

Visto: Se interpone recurso de amparo en favor de Claudia Cadet, haitiana, en contra del Servicio Nacional de Migraciones, indicando que la amparada ingresó a Chile por vía aérea con intención de asentarse en el país. Realizó todos los trámites para hacer la regularización migratoria y buscar trabajo. Ingresó la Solicitud de Residencia Temporal, dictándose la resolución exenta número 24328582, de 05 de septiembre de 2024, que archiva la solicitud de Residencia Definitiva, por registrar una orden de abandono con anterioridad mediante Resolución Exenta de fecha 01 de febrero de 2021. Refiere que entre los

Fundamentos

motivos del rechazo se indica que la amparada registra una orden de abandono vigente, debido a que en su oportunidad no acreditó ingresos formales el año 2021, situación que a la actualidad no se mantiene, como consta del certificado de cotizaciones de AFP que acompaña. Añade que la amparada ha formado una familia en el país, compuesta por su conviviente y sus dos hijos menores de edad de nacionalidad chilena, tampoco tiene antecedentes penales ni en su país de origen ni en Chile. El abandono de la amparada pone en peligro la integridad de su familia, vulnera el principio de reunificación y es ilegal. Solicita que se acoja el presente recurso de amparo, se deje sin efecto la resolución impugnada que dispone su abandono del país, retrotrayendo el proceso administrativo y dándole continuidad. Acompaña documentos. A folio 8, informa el Servicio Nacional de Migraciones solicitando el rechazo del recurso por improcedente. Indica que con fecha 01 de febrero de 2021, se rechaza su solicitud de residencia temporal, por no acreditar vínculos en el país, disponiendo su abandono en el plazo de 15 días, medida que se encuentra firme y ejecutoriada. Posteriormente con fecha 07 de abril de 2022, solicitó a través de la Plataforma “Simple” la Residencia Definitiva dentro de Chile, la que archivada por mantener un cumplimiento de medida vigente. Señala que el archivo de la solicitud de residencia definitiva no es una sanción propiamente tal, por ende, no hay afectación de derechos de la recurrente. El archivo se debió a que la recurrente mantiene una medida de abandono del país o de prohibición de ingreso vigente a la cual no ha dado cumplimiento, por lo que dicha solicitud es inadmisible, por lo que se archivó. El hecho de haber archivado la solicitud del recurrente no acarrea ninguna sanción migratoria en su contra, toda vez que el extranjero afectado puede solicitar el desarchivo de su solicitud para continuar con la tramitación del beneficio migratorio al que postuló, una vez que haya subsanado la falta en la que haya incurrido Se trajeron los autos en relación. Con lo relacionado y considerando: Primero: Que, el artículo 21 de la Constitución Política de la República establece que todo individuo que se hallare arrestado, detenido o preso, con infracción de lo dispuesto en la Constitución o en las leyes, podrá ocurrir ante la magistratura, a fin de que ésta ordene se guarden las formalidades legales y adopte de inmediato las providencias que juzgue necesarias para restablecer el imperio del derecho y asegurar la debida protección del afectado. Agrega, su inciso tercero, que el mismo recurso podrá ser deducido en favor de toda persona que ilegalmente sufra cualquiera otra privación, perturbación o amenaza en su derecho a la libertad personal y seguridad individual. Segundo: Que, por esta vía cautelar se cuestiona la legalidad de la Resolución Exenta N°24328582, de 05 de septiembre de 2024, que archiva la Solicitud de Residencia Definitiva, por mant

Fallo

Por estas consideraciones y lo establecido en los artículos 21 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre Tramitación y Fallo del Recurso de Amparo, se acoge, sin costas, el recurso de amparo deducido a favor de Claudia Cadem, en contra del Servicio Nacional de Migraciones, solo en cuanto se deja sin efecto la resolución la Resolución Exenta N°24328582, de 05 de septiembre de 2024 y se ordena al servicio recurrido que continúe con la tramitación la solicitud del recurrente. N°Amparo-2-2025.

Texto Completo (Preview)

Llg C.A. de Valparaíso. Valparaíso, diez de enero de dos mil veinticinco. Visto: Se interpone recurso de amparo en favor de Claudia Cadet, haitiana, en contra del Servicio Nacional de Migraciones, indicando que la amparada ingresó a Chile por vía aérea con intención de asentarse en el país. Realizó todos los trámites para hacer la regularización migratoria y buscar trabajo. Ingresó la Solicitud d

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