MP C/DEYNS HANS SALAS MIRANDA Y JORDAN PATRICK SALAS MIRANDA.
Rol
Fecha
10 de enero de 2025
Materia
PORTE DE ARMA PROHIBIDA (ART. 14 INC. 1°)
Resultado
CONFIRMADA
Hechos
Vistos: Que en la especie no existen nuevos antecedentes que permitan hacer variar las consideraciones que se tuvieron en cuenta al momento de decretarse la prisión preventiva de los imputados. En efecto, en este estadio procesal se encuentran justificados los presupuestos de las letras a) y b) del artículo 140 del Código Procesal Penal respecto de los delitos materia de la formalización, y en lo que dice relación con la letra c) del señalado artículo, esta Corte estima que la libertad de ambos constituye un peligro para la seguridad de la sociedad, atendida la gravedad y naturaleza de los ilícitos, bien jurídico protegido, pena asignada y eventual forma de cumplimiento, lo que torna insuficientes las restantes medidas cautelares previstas por el legislador a los efectos normados en el inciso segundo del artículo 139 del referido cuerpo legal. Por lo antes señalado y lo dispuesto en el artículo 352 del Código Procesal Penal, se confirma la resolución dictada en audiencia de dos de enero de dos mil veinticinco, por el Juzgado de Garantía de San Bernardo, que mantuvo la prisión preventiva de los imputados Deyns Hans Salas Miranda y Jordan Patrick Salas Miranda. Comuníquese vía interconexión. N°61-2025 Penal
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En San Miguel, a diez de enero de dos mil veinticinco. Sala: Segunda Sala Rol: 61-2025 Penal Ruc: 2301420901-8 RIT: 12663-2023 JUZGADO DE GARANTÍA DE SAN BERNARDO. Relator: Emil Ibarra Sáez Fiscal: Nicolás Rodríguez Defensa: Patricio Cofré Imputado: MP C/DEYNS HANS SALAS MIRANDA y JORDAN PATRICK SALAS MIRANDA. Delito: Porte de arma prohibida. Tipo de recurso: apelación cautelar Escritos resueltos
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