SIN INFORMACION

FRERE LUDERS PETIT/ SERVICIO NACIONAL DE MIGRACIONES

Rol

Fecha

10 de enero de 2025

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

ACOGIDA

Ver en fuente oficial

Hechos

Vistos: A folio 1, se interpone acción de amparo en favor de LUDERS PETIT FRERE, de nacionalidad haitiana en contra del Servicio Nacional de Migraciones, en razón de la dictación de la Resolución Exenta N° 24563599, de 9 de diciembre de 2024, que rechazó su solicitud de residencia definitiva y dispuso su abandono del país, estimando conculcada la garantía del numeral 7 del artículo 19 de la Constitución Política de la República. Señala que la amparada ingresó a Chile vía aérea y con posterioridad, solicitó el beneficio de residencia definitiva. Refiere que, la resolución recurrida rechazó su solicitud, por no haber remitido copia del pago de la sanción por residencia irregular. Indica que, al recibir la notificación previo a rechazo intentó pagar la multa, pero la opción no se encontraba habilitada para proceder al pago. Solicita se acoja el recurso, se deje sin efecto la resolución recurrida y se le otorgue un plazo para proceder al pago de la sanción aplicada. A folio 6, informa el recurrido Servicio Nacional de Migraciones, solicitando el rechazo de la acción. Refiere que el amparado solicitó la residencia definitiva en el 18 de junio de 2021. Indica que, mediante comunicación electrónica de 29 de julio de 2024, se le informó que se encontraba en causal de rechazo, por no remitir comprobante de pago de la multa por residencia irregular y el certificado de antecedentes penales de su país de origen, debidamente legalizado o apostillado, otorgándole un plazo de 10 días para cumplir. Luego, del análisis de los antecedentes, el amparado no remitió la sanción requerida, y no habiendo subsanado dentro de plazo su presentación, mediante la resolución que se impugna en autos se rechazó su solicitud, por no acompañar el pago requerido, y se dispuso su abandono del país en el plazo de 10 días. A folio 7, se ordenó traer los autos en relación. Con lo relacionado y

Fundamentos

considerando: Primero: Que, el recurso de amparo es un proceso de tutela urgente del derecho fundamental a la libertad personal y seguridad individual, establecido en el artículo 19 N°7 de la Constitución Política de la República, que es procedente en aquellos casos en que una persona fuere arrestada, detenida o presa con infracción a la Constitución o a las leyes o sufra cualquier otra privación, perturbación o amenaza al derecho fundamental antes aludido, fuera de los casos en que el ordenamiento jurídico lo permite. Segundo: Que, por la presente vía cautelar, se solicita que se deje sin efecto la Resolución Exenta N° 24563599, de 9 de diciembre de 2024, del Servicio Nacional de Migraciones, que rechazó la solicitud de residencia definitiva de la actora y dispuso su abandono del país, fundado en que no cumplió con pagar la multa impuesta como sanción por residencia irregular. Tercero: Que, el recurrente alega que lo resuelto es ilegal, pues al intentar pagar, la opción no se encontraba habilitada. Cuarto: Que, no consta que le haya sido efectivamente comunicada la resolución de 29 de julio de 2024, que le informaba que debía acompañar el comprobante de la multa del artículo 107 de la Ley N°21.325, por lo que la orden de abandono resulta desproporcionada y vulneratoria de su libertad personal, toda vez que de no cumplirse voluntariamente con la medida impuesta, permite a la autoridad migratoria disponer la expulsión del afectado, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 127 numeral 3° de la Ley 21.325, asimismo, la existencia de la misma le impide regularizar su situación migratoria, toda vez que constituye una causal de inadmisibilidad de las presentaciones ante el Servicio recurrido.

Fallo

Por estas consideraciones y lo dispuesto en el artículo 21 de la Constitución Política de la República y en el Auto Acordado de la Excelentísima Corte Suprema sobre la materia, se acoge, sin costas, el recurso de amparo en favor LUDERS PETIT FRERE, y en consecuencia, se deja sin efecto la Resolución Exenta N°24563599, de 9 de diciembre de 2024, debiendo la autoridad recurrida otorgar a la actora un plazo de sesenta días hábiles para acreditar el pago de la multa impuesta, transcurrido el cual deberá resolver su presentación como en derecho corresponda. Regístrese, comuníquese por la vía más expedita y, en su oportunidad, archívese. N°Amparo-24-2025.

Texto Completo (Preview)

Jfah.- C.A. de Valparaíso Valparaíso, diez de enero de dos mil veinticinco. Vistos: A folio 1, se interpone acción de amparo en favor de LUDERS PETIT FRERE, de nacionalidad haitiana en contra del Servicio Nacional de Migraciones, en razón de la dictación de la Resolución Exenta N° 24563599, de 9 de diciembre de 2024, que rechazó su solicitud de residencia definitiva y dispuso su abandono del país,

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